Decreto núm. 30, publicado el 07 de Abril de 2017. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA SOCIEDAD MI INTERNET SPA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA SOCIEDAD MI INTERNET SPA
Núm. 30.- Santiago, 10 de febrero de 2017.
Vistos:
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El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
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La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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Resolución exenta N° 1.558, de 2008, de esta Subsecretaría, que Fija Norma Técnica para el Uso de la Banda de Frecuencias 5.250 – 5.350 MHz y 5.470 – 5.725 MHz, y sus modificaciones posteriores.
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Resolución exenta N° 517, de 2001, de esta Subsecretaría, que Fija Norma Técnica para el Uso de la Banda de Frecuencias 5.725 - 5.850 MHz y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 36.356 de 22.03.2016.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la sociedad Mi Internet SpA, RUT Nº 76.496.622-8, con domicilio en calle Embajador Doussinague N° 1762, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
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Déjese sin efecto el decreto supremo N° 122, de 2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, sin tramitar.
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Autorízase a la concesionaria para:
2.1 Instalar, operar y explotar estaciones punto a multipunto, cuyas características se indican a continuación:
Los medios de transmisión y/o conmutación podrán ser propios o de terceros debidamente autorizados.
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La zona de servicio de la concesión comprenderá las comunas de Santiago, Recoleta, Independencia y Las Condes de la Región Metropolitana.
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Los plazos para el inicio y término de obras e inicio de servicio, son los que se indican a continuación:
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El período de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
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Las concesionarias que utilicen las bandas 5.470 - 5.725 MHz y 5.725 - 5.850 MHz, la compartirán sin reclamar protección contra interferencia que produzcan otros usuarios de esta banda, debidamente autorizados, y las...
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