Decreto núm. 30, publicado el 31 de Enero de 2017. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 154, DE 2015, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE DETERMINA APORTE ESTATAL A MUNICIPALIDADES QUE INDICA PARA SUS ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE SALUD MUNICIPAL POR PERÍODO QUE SEÑALA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 663728557

Decreto núm. 30, publicado el 31 de Enero de 2017. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 154, DE 2015, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE DETERMINA APORTE ESTATAL A MUNICIPALIDADES QUE INDICA PARA SUS ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE SALUD MUNICIPAL POR PERÍODO QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 154, DE 2015, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE DETERMINA APORTE ESTATAL A MUNICIPALIDADES QUE INDICA PARA SUS ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE SALUD MUNICIPAL POR PERÍODO QUE SEÑALA

Núm. 30.- Santiago, 6 de diciembre de 2016.

Visto:

Lo solicitado mediante memorando C73/Nº 1, de 2016, de la División de Presupuesto; lo dispuesto en la ley Nº 19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal; en el decreto supremo Nº 2.296, de 1995, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento General de la ley Nº 19.378; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; en la ley Nº 20.975, que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público y concede otros beneficios que indica; en el decreto supremo Nº 154, de 2015, del Ministerio de Salud, que determina el aporte estatal a municipalidades que indica para sus entidades administradoras de salud municipal por período que señala, y en el decreto supremo Nº 19, de 2016, del Ministerio de Salud, que lo rectifica; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y

Considerando:

  1. - Que, el artículo 49 de la ley Nº 19.378, dispone que cada entidad administradora de salud municipal recibirá mensualmente, del Ministerio de Salud, a través de los Servicios de Salud y por intermedio de las municipalidades correspondientes, un aporte estatal en base a la incidencia de los criterios allí establecidos.

  2. - Que, el aludido aporte estatal, se determina anualmente mediante decreto fundado del Ministerio de Salud, previa consulta al Gobierno Regional correspondiente, debiendo suscribirse, además, por los Ministros del Interior y de Hacienda.

  3. - Que, para el año 2016, el referido aporte estatal se determinó mediante el decreto supremo Nº 154, de 23 de diciembre de 2015, del Ministerio de Salud, acto administrativo del que la Contraloría General de la República tomó razón el 21 de enero de 2016, y se publicó en el Diario Oficial, el día 26 de ese mismo mes y año.

  4. - Que, el citado decreto supremo Nº 154, fue rectificado mediante el decreto supremo Nº 19, de 26 de julio de 2016, del Ministerio de Salud, acto administrativo del que la Contraloría General de la República tomó razón el 27 de octubre de 2016, y se...

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