Decreto núm. 2970, publicado el 25 de Octubre de 2016. DECLARA DISOLUCIÓN DE LA JUNTA DE VECINOS VILLA LA ARAUCARIA, REGISTRO PÚBLICO Nº 642 DEL 25-03-2013 - MUNICIPALIDAD DE LAS CABRAS - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 651812989

Decreto núm. 2970, publicado el 25 de Octubre de 2016. DECLARA DISOLUCIÓN DE LA JUNTA DE VECINOS VILLA LA ARAUCARIA, REGISTRO PÚBLICO Nº 642 DEL 25-03-2013

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE LAS CABRAS
Rango de LeyDecreto

DECLARA DISOLUCIÓN DE LA JUNTA DE VECINOS VILLA LA ARAUCARIA, REGISTRO PÚBLICO Nº 642 DEL 25-03-2013

Núm. 2.970.- Las Cabras, 11 de octubre de 2016.

Considerandos:

La solicitud presentada por 66 socios de la Junta de Vecinos Villa La Araucaria, mediante la cual requieren ser eliminados del registro de socios de la referida organización comunitaria territorial, por las razones que indica, tratada en la sesión del Concejo Municipal de fecha 4 de noviembre de 2015.

El informe del Abogado Municipal Nº 49, de fecha 26 de octubre de 2015, que radica el análisis de esta materia en la Secretaría Municipal, en cuanto sea procedente y afecte la personería jurídica de la entidad.

Transcurrido el plazo legal para analizar la causa presentada, la Secretaría Municipal inició el procedimiento de revisión de la Junta de Vecinos citada, y dispuso, en lo concreto, la emisión del memorándum Nº 37-2016 remitido a los 66 socios consignados en la presentación indicada, a objeto de conocer su ratificación o desistimiento a la renuncia en referencia.

Que con fecha 27 de mayo de 2016 la Junta de Vecinos Villa La Araucaria hace ingreso del registro de socios actualizado y autorizado que la normativa legal exige ser presentado en el mes de marzo de cada año.

Que con ocasión de la emisión del memorándum Nº 37-2016, el Presidente de la Junta de Vecinos Villa La Araucaria efectúa reclamación ante la Contraloría de la Sexta Región con respecto a la vulneración de los derechos de la entidad que preside, así como de eventuales faltas a la probidad del funcionario que emite dicho documento.

Que por oficio Nº 3.898, de fecha 27 de julio de 2016, la Contraloría resuelve desestimar la presentación antedicha, por cuanto la entidad municipal, y a su respecto el Secretario Municipal, ha actuado conforme a la normativa legal y en el ámbito de sus facultades legales.

Que dado lo anterior, el Secretario Municipal continúa con el análisis de los antecedentes respectivos y emite su informe sobre la materia, a través del memorándum Nº 78, de fecha 11 de octubre de 2016, en el cual concluye que la Junta de Vecinos Villa La Araucaria le afecta la causal de disolución establecida en el artículo 35 letra b) de la Ley 19.418 sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias, por haber disminuido sus integrantes a un número inferior a 100, hecho que se ha mantenido por espacio de 14 meses, procediendo en este caso decretar la disolución de la referida organización comunitaria...

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