Decreto núm. 291, publicado el 18 de Enero de 2023. APRUEBA EL REGLAMENTO QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DEL EJERCICIO DE COMPETENCIAS TRANSFERIDAS DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 21 SEPTIES DE LA LEY Nº 19.175 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 918213608

Decreto núm. 291, publicado el 18 de Enero de 2023. APRUEBA EL REGLAMENTO QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DEL EJERCICIO DE COMPETENCIAS TRANSFERIDAS DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 21 SEPTIES DE LA LEY Nº 19.175

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA EL REGLAMENTO QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DEL EJERCICIO DE COMPETENCIAS TRANSFERIDAS DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 21 SEPTIES DE LA LEY Nº 19.175

Núm. 291.- Santiago, 5 de octubre de 2022.

Vistos:

La facultad del artículo 326 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra en el decreto supremo Nº 100, del año 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; lo dispuesto en el artículo 21 septies de la ley Nº 19.175, orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.175, del año 2005, del entonces Ministerio del Interior; el oficio Nº 2668 de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo de fecha 12 de julio del año 2022 y lo señalado en la resolución Nº 7 del año 2019 de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, de conformidad con el artículo 114 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República transferir una o más competencias desde los ministerios y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa a uno o más gobiernos regionales, siempre en materias de ordenamiento territorial, fomento de actividades productivas y desarrollo social y cultural.

  2. Que mediante la ley Nº 21.073 y Nº 21.074 se modificó la ley Nº 19.175, orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, estableciendo la elección de gobernadores regionales y fortaleciendo la regionalización del país.

  3. Que en el párrafo 2º del capítulo II del título segundo de la ley Nº 19.175 se determina la forma y el modo en que el Primer Mandatario realizará dicha transferencia incluyendo el procedimiento iniciado a solicitud del gobierno regional o del Presidente de la República y el procedimiento de evaluación del ejercicio de las competencias transferidas.

  4. Que, respecto del procedimiento de evaluación de competencias, la letra D) del artículo 21 septies de la ley Nº 19.175, ya referida, dispone que corresponderá a un Consejo de Evaluación de Competencias efectuar una evaluación objetiva e imparcial del ejercicio de las competencias, previo informe del gobierno regional y el ministerio respectivo. Para lo anterior, debe considerar indicadores cualitativos y cuantitativos de medición y recomendaciones de mejora, los que podrán ser incorporados dentro de los programas de mejoramiento de gestión y metas anuales de los gobiernos regionales y respecto de los cuales el consejo podrá proponer áreas de capacitación y asistencia técnica.

  5. Que el numeral iv del literal D) del citado artículo dispone que un reglamento establecerá el procedimiento para evaluar las competencias transferidas, incluyendo la metodología y otros aspectos que resulten relevantes. Dicha norma será dictada mediante decreto supremo expedido por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, el que además será suscrito por los Ministros de Hacienda y Secretaría General de la Presidencia, previa consulta a los gobiernos regionales.

  6. Que, mediante el oficio Nº 2668 de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo de fecha 12 de julio de 2022, se remitió el borrador del reglamento al que alude el considerando anterior a todos los gobiernos regionales. En virtud de aquello, los gobiernos regionales de Atacama, Valparaíso, Metropolitano, O'Higgins, Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Magallanes remitieron sus observaciones, las que fueron debidamente analizadas y ponderadas para la elaboración de este decreto.

  7. Que, en atención a lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo con el fin de regular el procedimiento, la metodología y otros aspectos necesarios para evaluar el ejercicio de las competencias transferidas para una adecuada ejecución de las disposiciones legales.

Decreto:

Apruébase el reglamento que establece el procedimiento, la metodología y otros aspectos relevantes de la evaluación del ejercicio de las competencias transferidas en el marco de la ley Nº 19.175, orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.175, del año 2005, del Ministerio del Interior (en adelante, e indistintamente "ley Nº 19.175"), cuyo tenor es el siguiente:

Artículo 1° Del ámbito de aplicación

La evaluación de la o las competencias que hayan sido transferidas desde los ministerios y...

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