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Decreto núm. 288, publicado el 11 de Febrero de 2023. PROMULGA EL PROTOCOLO DE ASUNCIÓN SOBRE COMPROMISO CON LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL MERCOSUR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL PROTOCOLO DE ASUNCIÓN SOBRE COMPROMISO CON LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL MERCOSUR

Núm. 288.- Santiago, 29 de noviembre de 2022.

Vistos:

Los artículos 32, N° 15 y 54, N° 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 20 de junio de 2005 fue suscrito en Asunción, República del Paraguay, el Protocolo de Asunción sobre Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Mercosur.

Que dicho Protocolo fue aprobado por el Congreso Nacional, según consta en el oficio Nº 13.301, de 4 de mayo de 2017, de la Honorable Cámara de Diputados.

Que con fecha 3 de mayo de 2018 se depositó, ante el Viceministro de Relaciones Económicas e Integración del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay, el Instrumento de Adhesión de la República de Chile al referido Protocolo de Asunción y, en consecuencia, éste entró en vigor para la República de Chile el 3 de mayo de 2018.

Decreto:

Artículo único

Promúlgase el Protocolo de Asunción sobre Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Mercosur, suscrito en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, el 20 de junio de 2005; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, publíquese y archívese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República de Chile.- Antonia Urrejola Noguera, Ministra de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Claudia Rojo, Directora General Administrativa.

PROTOCOLO DE ASUNCIÓN SOBRE COMPROMISO CON LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL MERCOSUR

La República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercosur, en adelante las Partes;

Reafirmando los principios y objetivos del Tratado de Asunción y del Protocolo de Ouro Preto;

Teniendo presente la Decisión CMC 40/04 que crea la Reunión de Altas Autoridades sobre Derechos Humanos del Mercosur;

Reiterando lo expresado en la Declaración Presidencial de Las Leñas el 27 de junio de 1992, en el sentido de que la plena vigencia de las instituciones democráticas es condición indispensable para la existencia y el desarrollo del Mercosur;

Reafirmando lo expresado en la Declaración Presidencial sobre Compromiso...

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