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Decreto núm. 279 EXENTO, publicado el 16 de Diciembre de 2014. DETERMINA ORDEN DE SUBROGACIÓN PARA EL CARGO DE DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSIÓN SOCIAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Rango de LeyDecreto

DETERMINA ORDEN DE SUBROGACIÓN PARA EL CARGO DE DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSIÓN SOCIAL

Santiago, 21 de noviembre de 2014.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 279 exento.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Título II de la ley Nº 18.989, del Fondo de Solidaridad e Inversión Social; lo establecido en los artículos 79 y siguientes del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; lo dispuesto en el Título VI de la ley Nº 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; en el decreto supremo Nº 80, de 2014, del Ministerio de Desarrollo Social, que nombra al Director Ejecutivo del Fondo de Solidaridad e Inversión Social; y en la resolución 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

Que mediante decreto exento Nº 151, de fecha 11 de julio de 2011, del Ministerio de Planificación, actual Ministerio de Desarrollo Social, se modificó el orden de subrogancia para el cargo de Director Ejecutivo del Fondo de Solidaridad e Inversión Social.

Que por razones de buen servicio resulta necesario establecer un nuevo orden de subrogación para el cargo de Director Ejecutivo del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, para el caso de ausencia o impedimento del titular.

Decreto:

Artículo 1º

Determínese el siguiente orden de subrogación para el desempeño del cargo de Director Ejecutivo del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, para el caso de ausencia o impedimento del titular, en el orden de prelación que se indica:

  1. - Jefe/a de Departamento de Gestión de Programas, Fondo de Solidaridad e Inversión Social.

  2. - Fiscal, Fondo de Solidaridad e Inversión Social.

  3. - Jefe/a de Departamento de Administración y Finanzas, Fondo de Solidaridad e Inversión Social.

Artículo 2º

Que por razones impostergables de buen servicio, el presente decreto producirá sus efectos a contar de...

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