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Decreto núm. 2759 EXENTO, publicado el 23 de Septiembre de 2023. ESTABLECE SUBROGACIÓN EN SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR Y DEJA SIN EFECTO ACTOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE SUBROGACIÓN EN SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR Y DEJA SIN EFECTO ACTOS QUE INDICA

Núm. 2.759 exento.- Santiago, 15 de septiembre de 2023.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 3210 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto ley Nº 1.028, de 1975, que precisa atribuciones y deberes de los Subsecretarios de Estado; en el párrafo 4º del Título III de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol y modifica diversos cuerpos legales; en el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; en el decreto Nº 50, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Subsecretario del Interior, y la resolución Nº 6 de 2019, de Contraloría General de la República,

Considerando:

  1. Que, es un principio de la función pública darle continuidad al servicio, razón por la cual se hace necesario establecer un orden de subrogación para el cargo de Subsecretario del Interior, en caso de ausencia, impedimento temporal u otras causas.

  2. Que, en conformidad a lo establecido en el artículo 81 del Estatuto Administrativo, en los cargos de exclusiva confianza, la autoridad facultada para efectuar su nombramiento podrá determinar un orden de subrogación distinto al establecido en la ley.

  3. Que, a través de los decretos exentos Nº 1.683 y Nº 1.697, ambos de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública se fijó un orden de subrogación para el cargo de Subsecretario del Interior.

  4. Que, por razones de buen servicio es necesario establecer un nuevo orden de subrogación que permita dar continuidad a los fines del servicio en caso de ausencia temporal y/o simple impedimento del Subsecretario del Interior.

  5. Que, el Presidente de la República, mediante el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, delegó en los Ministros de Estado, entre otras materias, la facultad de suscribir bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", los decretos relativos a la modificación del orden de subrogación en los cargos de exclusiva confianza.

    Decreto:

  6. Establézcase...

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