Decreto núm. 263 EXENTO, publicado el 24 de Enero de 2024. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 9, DE 2022, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, QUE OTORGA A JOSÉ LUIS MORAGA SpA CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL PROYECTO 'MINICENTRALES DE PASADA JOSÉ LUIS MORAGA', EN LA REGIÓN Y PROVINCIA DEL BIOBÍO, COMUNA DE LOS ÁNGELES - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 976856467

Decreto núm. 263 EXENTO, publicado el 24 de Enero de 2024. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 9, DE 2022, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, QUE OTORGA A JOSÉ LUIS MORAGA SpA CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL PROYECTO 'MINICENTRALES DE PASADA JOSÉ LUIS MORAGA', EN LA REGIÓN Y PROVINCIA DEL BIOBÍO, COMUNA DE LOS ÁNGELES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 9, DE 2022, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, QUE OTORGA A JOSÉ LUIS MORAGA SpA CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL PROYECTO "MINICENTRALES DE PASADA JOSÉ LUIS MORAGA", EN LA REGIÓN Y PROVINCIA DEL BIOBÍO, COMUNA DE LOS ÁNGELES

Núm. 263 exento.- Santiago, 30 de noviembre de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, en adelante "LBPA"; en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en el decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante "LGSE"; en el decreto Nº 327, de 1997, del Ministerio de Minería, que fija reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos, en adelante "Reglamento"; en el decreto supremo Nº 9, de 18 de enero de 2022, del Ministerio de Energía, que otorgó a José Luis Moraga SpA concesión eléctrica definitiva para establecer el proyecto denominado "Minicentrales de pasada José Luis Moraga", en la Región y provincia del Biobío, comuna de Los Ángeles, en adelante "DS Nº 9/2022"; en lo solicitado por la empresa José Luis Moraga SpA, mediante presentaciones recibidas a través de correo electrónico de la Oficina de Partes de esta Secretaría de Estado, con fecha 26 de abril y 11 de agosto, ambas de 2023, y mediante correo electrónico de fecha 17 de octubre de 2023; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y

Considerando:

  1. Que, esta Secretaría de Estado, a través del DS Nº 9/2022, otorgó a la empresa José Luis Moraga SpA, concesión definitiva para establecer en la Región y provincia del Biobío, comuna de Los Ángeles, el proyecto de generación de energía eléctrica denominado "Minicentrales de pasada José Luis Moraga", en adelante el "Proyecto".

  2. Que, el artículo 13 del citado acto administrativo estableció que el plazo de construcción de las obras, desde el inicio de los trabajos hasta la terminación de las obras sería de 14 meses y el plazo de inicio de la construcción sería de 120 días corridos contados desde la fecha de reducción a escritura pública del decreto concesional, sin perjuicio de que las obras pudieran iniciar su construcción en un plazo inferior al señalado, en caso de lograrse acuerdos voluntarios con los propietarios afectados.

  3. Que, de acuerdo a los antecedentes acompañados por la concesionaria, el DS Nº 9/2022 se publicó en el Diario Oficial con fecha 30 de diciembre de 2022, reduciéndose a escritura pública el 19 de enero de 2023, ante José Leonardo Brusi Muñoz, Notario Público de la cuadragésima segunda notaría de Santiago, suplente del titular, don Álvaro González Salinas, Repertorio Nº 2.364-2023.

  4. Que, cabe indicar que el DS Nº 9/2023 fue reducido a escritura pública el 19 de enero de 2023, por lo que el plazo de 120 días corridos para dar inicio a las obras se cumplía el día 19 de mayo de 2023 y, por su parte, el plazo para el término de estas vencería el 19 de julio de 2024.

  5. Que, mediante carta recibida a través de correo electrónico de la Oficina de Partes de esta Secretaría de Estado, con fecha 26 de abril de 2023, la empresa solicitó la modificación del artículo 13 del DS Nº 9/2022, en el sentido de aumentar el plazo de construcción de las obras hasta su terminación total a 18 meses, así como también aumentar el plazo de inicio de construcción de las obras a 36 meses, contados desde la fecha de reducción a escritura pública del decreto concesional.

  6. Que, José Luis Moraga SpA justifica la solicitud de extensión de plazo aludida en el considerando anterior, de acuerdo a los argumentos que se exponen en los considerandos siguientes.

  7. Que, la empresa efectúa una breve descripción del Proyecto, indicando que este consiste en la construcción y operación de la obra denominada "Minicentrales de Pasada José Luis Moraga", productora de electricidad, compuesta por las Centrales Hidroeléctricas de Pasada San José, San Luis y Moraga, cuyo objetivo consiste en generar energía eléctrica para aumentar la capacidad del Sistema Eléctrico Nacional, inyectando la energía generada a la subestación "El Avellano", mediante la...

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