Decreto núm. 263 EXENTO, publicado el 24 de Enero de 2023. CAMBIA TITULARIDAD DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA DE LOS DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LAS OBRAS NUEVAS DENOMINADAS 'NUEVA S/E SECCIONADORA CODEGUA' Y 'NUEVA S/E SECCIONADORA LOICA Y NUEVA LÍNEA 2X220 KV LOICA-PORTEZUELO', Y DE LA OBRA DE AMPLIACIÓN DENOMINADA 'AMPLIACIÓN EN S/E PORTEZUELO', CONTENIDAS EN EL DECRETO SUPREMO N° 4T, DE 2021, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 920926193

Decreto núm. 263 EXENTO, publicado el 24 de Enero de 2023. CAMBIA TITULARIDAD DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA DE LOS DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LAS OBRAS NUEVAS DENOMINADAS 'NUEVA S/E SECCIONADORA CODEGUA' Y 'NUEVA S/E SECCIONADORA LOICA Y NUEVA LÍNEA 2X220 KV LOICA-PORTEZUELO', Y DE LA OBRA DE AMPLIACIÓN DENOMINADA 'AMPLIACIÓN EN S/E PORTEZUELO', CONTENIDAS EN EL DECRETO SUPREMO N° 4T, DE 2021, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

CAMBIA TITULARIDAD DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA DE LOS DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LAS OBRAS NUEVAS DENOMINADAS "NUEVA S/E SECCIONADORA CODEGUA" Y "NUEVA S/E SECCIONADORA LOICA Y NUEVA LÍNEA 2X220 KV LOICA-PORTEZUELO", Y DE LA OBRA DE AMPLIACIÓN DENOMINADA "AMPLIACIÓN EN S/E PORTEZUELO", CONTENIDAS EN EL DECRETO SUPREMO N° 4T, DE 2021, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA

Núm. 263 exento.- Santiago, 26 de diciembre de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado mediante decreto N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto ley N° 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, en adelante "LBPA"; en el decreto ley N° 830, de 1974, del Ministerio de Hacienda, que aprueba texto del Código Tributario; en el decreto con fuerza de ley N° 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, y sus modificaciones posteriores, en adelante "LGSE"; en la ley N° 18.046, sobre sociedades anónimas; en el decreto exento N° 198, de 2019, del Ministerio de Energía, que fija obras de ampliación de los sistemas de transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación en los doce meses siguientes, correspondientes al Plan de Expansión del año 2018, en adelante "decreto exento N° 198"; en el decreto exento N° 231, de 2019, del Ministerio de Energía, que fija obras nuevas de los sistemas de transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación o estudio de franja, según corresponda, en los doce meses siguientes, del Plan de Expansión del año 2018, en adelante "decreto exento N° 231"; en las Bases de Licitación Pública Internacional para la adjudicación de los derechos de explotación y ejecución de las obras nuevas y obras de ampliación contempladas en el decreto exento N° 198 y decreto exento N° 231, en adelante "Bases de Licitación" o "Bases"; en el decreto supremo N° 4T, de 2021, del Ministerio de Energía, que fija derechos y condiciones de ejecución y explotación y fija empresas adjudicatarias de la construcción y ejecución de las obras condicionadas contempladas en el decreto N° 198 exento, de 2019, y en el decreto N° 231 exento, de 2019, ambos del Ministerio de Energía, en adelante "decreto N° 4T"; lo señalado en carta de fecha 17 de marzo de 2022, de la empresa Alfa Transmisora de Energía S.A.; lo señalado en carta N° 217/2022, de 25 de agosto de 2022, del Ministerio de Energía; lo señalado en carta de fecha 21 de septiembre de 2022, de la empresa Alfa Transmisora de Energía S.A.; lo señalado en carta N° 258/2022, de 6 de octubre de 2022, de la Subsecretaría de Energía; lo señalado en carta DE 05263-22, de 7 de noviembre de 2022, del Coordinador Eléctrico Nacional; lo dispuesto en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, conforme lo dispuesto en el inciso primero del artículo 92° de la LGSE, este Ministerio, mediante el...

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