Decreto núm. 254, publicado el 14 de Diciembre de 2018. REGLAMENTA ASIGNACIÓN DE RECURSOS DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA EN EL MARCO DEL ARTÍCULO 27, DE LA LEY Nº 21.040 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 749054597

Decreto núm. 254, publicado el 14 de Diciembre de 2018. REGLAMENTA ASIGNACIÓN DE RECURSOS DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA EN EL MARCO DEL ARTÍCULO 27, DE LA LEY Nº 21.040

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

REGLAMENTA ASIGNACIÓN DE RECURSOS DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA EN EL MARCO DEL ARTÍCULO 27, DE LA LEY Nº 21.040

Núm. 254.- Santiago, 13 de agosto de 2018.

Considerando:

Que, la ley Nº 21.040, que Crea el Sistema de Educación Pública y modifica diversos cuerpos legales, establece que la educación pública está orientada al pleno desarrollo de los estudiantes, de acuerdo con sus necesidades y características. Procura una formación integral de las personas, velando por su desarrollo espiritual, social, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, entre otros, y estimulando el desarrollo de la creatividad, la capacidad crítica, la participación ciudadana y los valores democráticos.

Que, los Servicios Locales de Educación Pública son parte integrante de este nuevo sistema, constituyéndose como órganos públicos funcional y territorialmente descentralizados, con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuya función será proveer, a través de los establecimientos educacionales de su dependencia, el servicio educacional en los niveles y modalidades que correspondan.

Que, la Dirección de Educación Pública, en cuanto conductor estratégico y coordinador del sistema, podrá entregar recursos o bienes a los Servicios Locales por medio de la suscripción de convenios, los cuales podrán destinarse a diversos fines, tales como: infraestructura, equipamiento, innovación, trabajo en red y desarrollo de capacidades.

Que, para estos efectos, se crea el Programa de Fortalecimiento de la Educación Pública que considerará anualmente al menos $130.000.000 miles, de los cuales al menos $80.000.000 miles deberán destinarse a infraestructura y equipamiento.

Que, de acuerdo con el artículo 27 y quincuagésimo segundo transitorio de la citada ley Nº 21.040, un reglamento del Ministerio de Educación, suscrito también por el Ministerio de Hacienda, regulará la distribución de los recursos señalados precedentemente y los procedimientos correspondientes para su asignación.

Que, por ordinario Nº 1369, de 2018, del Director de Educación Pública, dirigido al Subsecretario de Educación, se hace presente que en la elaboración del presente acto administrativo participaron los equipos técnicos de la Dirección de Educación Pública, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 37 bis de la ley 19.880.

Que, para el caso particular del año 2018, la Ley Nº 21.053, de Presupuestos del Sector Público, contempló en su Partida 09, Capítulo 17, Programa 02, recursos para la Dirección de Educación Pública, Fortalecimiento de la Educación Escolar Pública. Dicho programa presupuestario, de acuerdo con su Glosa 01, considera, entre otros, los recursos que serán distribuidos a las municipalidades, corporaciones municipales y servicios locales de educación, conforme al artículo 27 y quincuagésimo segundo transitorio de la ley Nº 21.040.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 32º y 35º, de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley Nº 21.053, de Presupuestos del Sector Público para el año 2018; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación; en la ley Nº 21.040, que Crea el Sistema de Educación Pública y modifica diversos cuerpos legales, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Decreto:

Artículo único

Reglaméntense las materias que indica, en el marco del Programa de Fortalecimiento de la Educación Pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 27 y quincuagésimo segundo transitorio, ambos de la ley Nº 21.040.

TÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1
Artículo 1 Objeto del reglamento

El presente reglamento regula la distribución y asignación de los recursos del Programa...

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