Decreto núm. 251 EXENTO, publicado el 17 de Diciembre de 2021. MODIFICA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DE LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN, APROBADO POR EL DECRETO N° 72 EXENTO, DE 2013, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DE LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN, APROBADO POR EL DECRETO N° 72 EXENTO, DE 2013, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Núm. 251 exento.- Santiago, 4 de octubre de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 134 de la ley N° 11.764; en el artículo 24 de la ley N° 16.395; en el artículo único de la ley N° 17.538; en el DS N° 28, de 1994; en el DE N° 72, de 2013, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; en lo informado por la Superintendencia de Seguridad Social; el DS N° 75, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Ministro de Educación; el decreto supremo N° 87, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Sr. Ministro del Trabajo y Previsión Social; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República y en la facultad que me confiere el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República de Chile, dicto el siguiente:
Decreto:
Incorpórase al Reglamento del Servicio de Bienestar de la Agencia de Calidad de la Educación, aprobado por decreto exento N° 72, del año 2013, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, las siguientes modificaciones:
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En el artículo 6°, elimínase en su inciso primero la frase "en el día y hora que fijen sus miembros en la primera sesión del año".
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El artículo 7° en las letras:
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Después de la frase "que fijará", elimínase la palabra "anualmente".
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En la frase "cuyo monto no podrá ser superior a un 1%", reemplázase el "1%" por el número y signo de porcentaje "2%".
Después de la frase "pensiones y que fijará", elimínase la palabra "anualmente".
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Después de la frase "de los afiliados jubilados de hasta un 1% de sus pensiones", reemplázase el "1%" por el número y signo de porcentaje "1.2%".
Después de la frase "que será fijado", elimínase la palabra "anualmente".
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Modifícase en el artículo 12° en las letras:
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Reemplázase la frase "tales como diálisis, implantes, trasplantes, quimioterapia, UCI, UTI, VIH.", por "calificadas como tal por el médico tratante".
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Después de la frase "que sufran daños graves" elimínase la frase "en sus bienes".
Después de la frase "incendios, terremotos o inundaciones", reemplázase la oración "Para acceder a este beneficio será necesario la comprobación del hecho que lo cause, por el Jefe del Servicio", por la siguiente: "Para acceder a este beneficio será necesario la validación del hecho...
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