Decreto núm. 25, publicado el 30 de Julio de 2021. OTORGA AUTORIZACIÓN ESTABLECIDA POR EL ARTÍCULO 7º DEL DECRETO LEY Nº 1.939, DEL AÑO 1977, MODIFICADO POR LA LEY 19.256 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 873558367

Decreto núm. 25, publicado el 30 de Julio de 2021. OTORGA AUTORIZACIÓN ESTABLECIDA POR EL ARTÍCULO 7º DEL DECRETO LEY Nº 1.939, DEL AÑO 1977, MODIFICADO POR LA LEY 19.256

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

OTORGA AUTORIZACIÓN ESTABLECIDA POR EL ARTÍCULO 7º DEL DECRETO LEY Nº 1.939, DEL AÑO 1977, MODIFICADO POR LA LEY 19.256

Núm. 25.- Santiago, 18 de enero de 2021.

Visto:

La solicitud presentada con fecha 27 de julio del año 2020, a S.E. el Presidente de la República, por el ciudadano peruano Pedro Silva Flores, chofer, cédula de identidad para extranjeros número 22.726.408-K, en orden a que se le otorgue autorización para adquirir mediante compra el inmueble correspondiente al sitio número 8, manzana A, Pasaje Cerro Negro Nº 42, Villorrio de Piedra Colgada, comuna de Copiapó, Región de Atacama, inscrito a nombre de doña Edelmira del Rosario Obreque Ancaten, a fojas 3784, número 2295, Registro de Propiedad del año 2012, Conservador de Bienes Raíces de Copiapó, con la finalidad de destinar el referido inmueble exclusivamente a una finalidad habitacional con su grupo familiar; los antecedentes acompañados por el solicitante con su petición; lo informado por la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado en sus Oficios Reservados R.R.E.E. (Difrol) Of. Pub. Nº 1301, de fecha 13.10.2020 y R.R.E.E. (Difrol) Of. Público Nº F-1735, de fecha 17.12.2020; lo informado por el Jefe del Estado Mayor Conjunto, mediante oficio EMCO.DIPLANCO.III(R) 6800/2415 Difrol, de fecha 10.12.2020, en el cual manifiesta que la solicitud para adquirir el inmueble de la materia no presenta inconvenientes para su trámite de autorización, en atención a que no afecta la seguridad nacional, la planificación estratégica, ni tampoco se contrapone con terrenos ni con los intereses de las Instituciones de la Defensa; lo dispuesto por el artículo 326 de la Constitución Política de la República de Chile; en el artículo 7º del decreto ley Nº 1.939, de 1977, modificado por la ley 19.256, que regula la adquisición de derechos sobre inmuebles situados en zonas fronterizas: en el Reglamento para la aplicación de dicho artículo contenido en el decreto supremo Nº 232, de 1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores, modificado por el decreto supremo Nº 1.583, de 1994, del mismo Ministerio; en el DFL Nº 4, de 1967, de Relaciones Exteriores; la finalidad que aduce el solicitante para la compra del inmueble, y

Considerando:

Que la adquisición que se autoriza por el presente decreto es compatible con el interés nacional.

Decreto:

Artículo primero

Autorízase según lo dispuesto por el artículo 7º del decreto ley número 1.939, de 1977...

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