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Decreto núm. 25 EXENTO, publicado el 16 de Marzo de 2016. AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN LOS TÉRMINOS QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN LOS TÉRMINOS QUE SEÑALA

Santiago, 15 de febrero de 2016.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 25 exento.

Visto:

Lo dispuesto en el DL Nº799, de 1974; el DS Nº19 de 2001, del Ministerio Segpres; las instrucciones impartidas por los Sres. Ministros del Interior y de Hacienda a través del oficio circular Nº26, de 2003, y por la Contraloría General de la República en el oficio circular Nº35.593, de 1995, sobre el uso y circulación de vehículos estatales; la resolución exenta Nº74 (V. y U.), de 2016; el oficio Ord. Nº54, de 13 de enero de 2016, de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de la Araucanía; la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y,

Teniendo presente:

  1. Que mediante la resolución exenta Nº74 (V. y U.), de fecha 8 de enero de 2016, se dispuso el alta, asignación y traslado del vehículo P.P.U. HHRW.24-6, a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de la Araucanía.

  2. Que por Ord. Nº54, de fecha 13 enero de 2015, la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de la Araucanía, ha solicitado la autorización para que el vehículo que más adelante se singulariza, pueda circular en días sábado en la tarde, domingo y festivos y la exención de llevar pintado el disco fiscal.

  3. La necesidad de permitir que el vehículo P.P.U. HHRW.24-6, en el cumplimiento de las funciones habituales de la Secretaria Regional Ministerial, para cumplir con sus funciones cuando realizan recorridos a lugares inseguros o de alto riesgo, como asimismo, para evitar posibles daños a la propiedad fiscal ante eventuales atentados o actos maliciosos de terceros y especialmente para atender emergencias que se produzcan en fines de semana o festivos, puedan circular en días sábado en la tarde, domingo y festivos, eximiéndolo del uso de...

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