Decreto núm. 244, publicado el 28 de Diciembre de 2016. DECLARA ZONA DE ESCASEZ EN LAS COMUNAS DE CURACAVÍ Y SAN PEDRO, PROVINCIA DE MELIPILLA, REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS |
Rango de Ley | Decreto |
DECLARA ZONA DE ESCASEZ EN LAS COMUNAS DE CURACAVÍ Y SAN PEDRO, PROVINCIA DE MELIPILLA, REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO
Núm. 244.- Santiago, 4 de noviembre de 2016.
Vistos:
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El oficio Ord. Nº 1306, de 1 de septiembre de 2016, de la Gobernadora Provincial de Melipilla de la Región Metropolitana;
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El informe técnico, denominado "Informe Condiciones Hidrometeorológicas Provincia de Melipilla" de 26 de octubre de 2016, de la Dirección General de Aguas;
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El oficio Ord. DGA Nº 556, de 4 de noviembre de 2016, del señor Director General de Aguas;
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El decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República";
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La resolución DGA Nº 1.674, de 12 de junio de 2012, que deja sin efecto la resolución DGA N° 39, de 1984, y establece los criterios para calificar épocas de extraordinaria sequía;
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Las facultades que me concede el artículo 314 inciso 1° del Código de Aguas; y
Considerando:
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Que, mediante el oficio Ord. Nº 1306, de 1 de septiembre de 2016, la Gobernadora Provincial de la provincia de Melipilla solicita declarar zona de escasez por un período de seis meses, a la provincia de Melipilla, ubicada en la Región Metropolitana, con el objeto de asegurar el abastecimiento de agua potable a los habitantes de las comunas de San Pedro, Curacaví y las zonas de Melipilla, Alhué y María Pinto, en la provincia de Melipilla, Región Metropolitana de Santiago.
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Que, según la calificación previa realizada en el informe técnico denominado "Informe Condiciones Hidrometeorológicas Provincia de Melipilla" recomienda decretar período de escasez en las comunas de Curacaví y San Pedro, por cuanto en estas comunas se cumple el subcriterio letra b), del numeral 10 de la resolución DGA N° 1.674, de 2012, asociado a aguas subterráneas que abastecen a sistemas de agua potable rural (APR).
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Que, el Director General de Aguas mediante el oficio Ord. DGA Nº 556, de 4 de noviembre de 2016, solicita se declare zona de escasez a la provincia de Melipilla, ubicada en la Región Metropolitana.
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Que, el artículo 314 inciso 1° del Código de Aguas, dispone que el Presidente de la República, a petición o con informe de la Dirección General de Aguas, podrá, en épocas de extraordinaria sequía, declarar zonas de escasez por períodos máximos de seis meses, no prorrogables.
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Que, teniendo presente los antecedentes previamente indicados, procede declarar zona de...
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