Decreto núm. 24 EXENTO, publicado el 15 de Abril de 2019. MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 2, DE 1985, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE ESTABLECE LA SEDE Y TERRITORIO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE LA REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 777692321

Decreto núm. 24 EXENTO, publicado el 15 de Abril de 2019. MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 2, DE 1985, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE ESTABLECE LA SEDE Y TERRITORIO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE LA REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 2, DE 1985, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE ESTABLECE LA SEDE Y TERRITORIO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE LA REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Núm. 24 exento.- Santiago, 2 de abril de 2019.

Vistos:

Lo establecido en los artículos , y 16°, del Libro I, del decreto con fuerza de ley N° 1/2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; en el artículo 1° del decreto supremo N° 140, de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; en el artículo 326 y en el inciso segundo del artículo 35 de la Constitución Política de la República; en la resolución N° 1.600, de 2008, de Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. - Que con motivo de las obras de reposición del Centro de Salud Familiar -Cesfam- Lo Valledor Norte, establecimiento de atención primaria dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Central, se hace presente la necesidad de facilitar el acceso de los usuarios de ese centro de salud, a los establecimientos asistenciales de mayor complejidad, más cercanos a su territorio, pero que integran la red hospitalaria del Servicio de Salud Metropolitano Sur.

  2. - Que en concordancia con el Modelo de gestión de redes integradas de servicios de salud, resulta necesario incorporar a la red asistencial del Servicio de Salud Metropolitano Sur, el Centro de Salud Familiar Lo Valledor Norte.

  3. - Que para los fines indicados, procede la modificación de los límites de los territorios del Servicio de Salud Metropolitano Central, y del Servicio de Salud Metropolitano Sur.

  4. - Lo solicitado por oficios N° 1002 y N° 1992, de 2018, del Servicio de Salud Metropolitano Sur; lo señalado en memorándum A 15 N° 2533, de 2018 y N° 63, de 2019, de la División Jurídica; y memorándum C4 N° 20, de 2019, de la División de Inversiones.

Decreto:

Modifícase el decreto supremo N° 2, de 1985, del Ministerio de Salud, que "Establece la sede y territorio de los Servicios de Salud de la Región Metropolitana de Santiago", en lo referido al territorio, en la forma que a continuación se indica:

  1. En el artículo 1°, que establece la sede y territorio del Servicio de Salud Metropolitano Central:

    1. Sustitúyese el límite SUR, por el siguiente:

      Sur: La línea de ferrocarril de circunvalación, desde la Avda. Vicuña Mackenna hasta la calle Bascuñán Guerrero, la calle Bascuñán Guerrero, desde la línea del...

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