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Decreto núm. 2395 EXENTO, publicado el 17 de Noviembre de 2014. AUTORIZA A 'SOCIEDAD LATINOAMERICANA DE ENFERMERÍA EN NEFROLOGÍA (SLAEN)' PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A "SOCIEDAD LATINOAMERICANA DE ENFERMERÍA EN NEFROLOGÍA (SLAEN)" PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS

Santiago, 28 de octubre de 2014.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 2.395 exento.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 34 del decreto supremo de Justicia, N° 110, de 1979; en decreto supremo de Justicia N° 924 de 1981, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por Orden del Presidente de la República"; en resolución de Contraloría General de la República N° 1.600, de 2008; y lo informado por Consejo de Defensa del Estado,

Decreto:

  1. Autorízase a la entidad denominada "Sociedad Latinoamericana de Enfermería en Nefrología (SLAEN)" con domicilio en Avenida del Libertador N° 1623, escritorio 208, del Departamento de Montevideo, República Oriental del Uruguay, cuyos antecedentes se encuentran debidamente legalizados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, con fecha 29 de abril de 2014, para que desarrolle actividades en el país, de acuerdo a los objetivos señalados en sus estatutos, siempre que se ajusten a las leyes chilenas y no contraríe las buenas costumbres y el orden público.

  2. La entidad autorizada por el presente decreto fue constituida, organizada y existe conforme a las leyes de la República Oriental del Uruguay, según consta del documento expedido en la ciudad de Montevideo, por la Dirección de Protocolo y Ceremonial de Estado, Departamento de Inmunidades y Privilegios Diplomáticos, del Ministerio de Relaciones Exteriores, con fecha 7 de octubre de 2013, debidamente legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, con fecha 29 de abril de 2014, que acredita que la entidad solicitante se encuentra legalmente establecida y la autorización está actualmente vigente.

  3. El término durante el cual desarrollará sus actividades en el país será indefinido a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial.

  4. El domicilio de la citada entidad será calle Miraflores N° 563, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago.

  5. La representante de la entidad en Chile será doña María...

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