Decreto núm. 238, publicado el 05 de Enero de 2015. PROMULGA EL ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA ARGENTINA SOBRE EL ESTABLECIMIENTO Y FUNCIONAMIENTO DEL CONTROL FRONTERIZO INTEGRADO EN EL PASO CARDENAL ANTONIO SAMORÉ - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 551475530

Decreto núm. 238, publicado el 05 de Enero de 2015. PROMULGA EL ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA ARGENTINA SOBRE EL ESTABLECIMIENTO Y FUNCIONAMIENTO DEL CONTROL FRONTERIZO INTEGRADO EN EL PASO CARDENAL ANTONIO SAMORÉ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA ARGENTINA SOBRE EL ESTABLECIMIENTO Y FUNCIONAMIENTO DEL CONTROL FRONTERIZO INTEGRADO EN EL PASO CARDENAL ANTONIO SAMORÉ

Núm. 238.- Santiago, 4 de septiembre de 2014.- Vistos: Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que por Cambio de Notas, efectuado en Buenos Aires, el 29 de agosto de 2014, la República de Chile y la República Argentina adoptaron el Acuerdo sobre el Establecimiento y Funcionamiento del Control Fronterizo Integrado en el Paso Cardenal Samoré.

Que dicho Acuerdo fue adoptado en virtud del Artículo 6 del Tratado sobre Controles Integrados de Frontera entre la República de Chile y la República Argentina, suscrito el 8 de agosto de 1997, y publicado en el Diario Oficial de 4 de junio de 2001.

Que de conformidad con lo indicado en el penúltimo párrafo de las Notas que constituyen el referido Acuerdo, éste entró en vigor el 29 de agosto de 2014.

Decreto:

Artículo único

Promúlgase el Acuerdo entre la República de Chile y la República Argentina sobre el Establecimiento y Funcionamiento del Control Fronterizo Integrado en el Paso Cardenal Samoré, adoptado en Buenos Aires, por Cambio de Notas, fechadas el 29 de agosto de 2014; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.

República de Chile

Ministerio de Relaciones Exteriores

Buenos Aires, 29 de agosto de 2014.

Excelencia,

Tengo el honor de acusar recibo de la atenta Nota de su Gobierno, fechada el día de hoy, que dice lo siguiente:

"Señor Ministro:

Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia en relación al "Tratado entre la República de Chile y la República Argentina sobre Controles Integrados de Frontera" (en adelante "el Tratado"), celebrado el 8 de agosto de 1997, en el marco de la estrecha cooperación fronteriza e integración entre ambos países.

Deseo referirme, asimismo, al "Reglamento del Tratado entre la República Argentina y la República de Chile sobre Controles Integrados de Frontera", del 2 de mayo de 2002 (en adelante "el Reglamento"), a las Actas de las I, II y III Reuniones de Gobernadores Argentinos e...

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