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Decreto núm. 23, publicado el 06 de Enero de 2022. ENCASILLA PERSONAL TITULAR DE LA PLANTA DEL SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL PERTENECIENTE A LOS ESCALAFONES DE ADMINISTRATIVOS Y AUXILIARES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyDecreto

ENCASILLA PERSONAL TITULAR DE LA PLANTA DEL SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL PERTENECIENTE A LOS ESCALAFONES DE ADMINISTRATIVOS Y AUXILIARES

Núm. 23.- Valparaíso, 17 de agosto de 2021.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos primero y sexto transitorios de la Ley N° 21.045 que Crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el decreto con fuerza de ley N° 35, del año 2017, del Ministerio de Educación que fija las plantas de personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural; en el decreto con fuerza de ley N° 29, del año 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto supremo N° 18, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que Traspasa el Personal desde la Dirección de Bibliotecas y Archivos al Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, y en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, en materias de personal que se indican.

Considerando:

  1. - Que, la ley N° 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.

  2. - Que, el decreto con fuerza de ley N° 35, del año 2017, del Ministerio de Educación, que fija las Plantas de Personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, determina la entrada en funcionamiento del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, de sus Subsecretarías y del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural y regula otras materias a que se refiere el artículo primero transitorio de la ley N° 21.045.

  3. - Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 10° del referido decreto, se determinó el traspaso, sin solución de continuidad, desde la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos al Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, a contar de la fecha en que inicie su funcionamiento, de todos los funcionarios de planta y contrata que a la citada fecha tuviesen dichas calidades.

  4. - Que, según lo anterior, mediante el decreto supremo N° 18, del año 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, se traspasó sin solución de continuidad a contar del 1 de marzo del año 2018 al personal titular de planta, a contrata asimilado a la planta respectiva y a las personas...

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