Decreto núm. 23, publicado el 06 de Marzo de 2021. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA RED INTERNET URBANO SpA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA RED INTERNET URBANO SpA
Santiago, 10 de marzo de 2020.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 23.
Vistos:
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El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
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La resolución N°7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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El decreto supremo Nº103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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Resolución exenta N°1.558 de 2008, de esta Subsecretaría, que Fija Norma Técnica para el Uso de la banda de frecuencias 5.250 - 5.350 y 5.470 - 5.725 MHz, y sus modificaciones posteriores.
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Resolución exenta N°517 de 2001, de esta Subsecretaría, que Fija Norma Técnica para el Uso de la banda de frecuencias 5.725 - 5.850 MHz, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº94.715 de 10.07.2019.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase una concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Red Internet Urbano SpA, RUT Nº 77.007.585-8, con domicilio en Francisco Díaz Muñoz N°1669, comuna de Coinco, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
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Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar:
1.1 Enlace punto a multipunto, cuyas características se indican a continuación:
1.2 Enlace punto a punto, cuyas características se indican a continuación:
Para la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins:
La interconexión con las redes existentes del mismo tipo, se realizará por medios propios y/o de terceros debidamente autorizados.
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La zona de servicio corresponde a las Comunas de Coinco y Doñihue, ambas de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
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El período de vigencia de la concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del decreto que la autorice.
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Las concesionarias que utilicen las bandas 5.250 - 5.350 MHz y 5.725 - 5.850 MHz, las compartirán sin reclamar protección contra interferencias que produzcan otros usuarios en esta banda, debidamente autorizados, y las aplicaciones industriales, científicas y médicas.
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Las transmisiones de los equipos de...
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