Decreto núm. 23 EXENTO, publicado el 04 de Abril de 2023. MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 50, DE 2022 , DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, QUE OTORGA A ENGIE ENERGÍA CHILE S.A., CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL PROYECTO DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADO 'SUBESTACIÓN LIBÉLULA Y RED COLECTORA 33 KV', EN LA REGIÓN METROPOLITANA, PROVINCIA DE CHACABUCO, COMUNA DE COLINA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ENERGÍA |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 50, DE 2022 , DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, QUE OTORGA A ENGIE ENERGÍA CHILE S.A., CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL PROYECTO DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADO "SUBESTACIÓN LIBÉLULA Y RED COLECTORA 33 KV", EN LA REGIÓN METROPOLITANA, PROVINCIA DE CHACABUCO, COMUNA DE COLINA
Núm. 23 exento.- Santiago, 3 de febrero de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, en adelante "LBPA"; en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en el decreto con fuerza de ley N° 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante "LGSE"; en el decreto supremo N° 327, de 1997, del Ministerio de Minería, que fija reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos, en adelante "Reglamento de la LGSE"; en el decreto supremo Nº 50, de 18 de mayo de 2022, del Ministerio de Energía, que otorga a Engie Energía Chile S.A., concesión eléctrica definitiva para establecer el proyecto de transmisión de energía eléctrica denominado "Subestación Libélula y Red Colectora 33 kV", en la Región Metropolitana, provincia de Chacabuco, comuna de Colina, en adelante "Decreto Supremo N° 50"; en la presentación realizada por el representante de la empresa Engie Energía Chile S.A., de 1 de septiembre de 2022; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y
Considerando:
l. Que, esta Secretaría de Estado, mediante el decreto supremo N° 50, otorgó a Engie Energía Chile S.A. concesión eléctrica definitiva para establecer el proyecto de transmisión de energía eléctrica denominado "Subestación Libélula y Red Colectora 33 kV", en la Región Metropolitana, provincia de Chacabuco, comuna de Colina, en adelante el "Proyecto".
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Que, el artículo 11° del decreto supremo N° 50 fijó un plazo de construcción de las obras de 12 meses, contado...
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