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Decreto núm. 225 EXENTO, publicado el 04 de Septiembre de 2023. NOMBRA EN LOS CARGOS DE CONSEJERO/A DEL CONSEJO DE DEFENSORÍA NACIONAL DEL CONTRIBUYENTE A LAS PERSONAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

NOMBRA EN LOS CARGOS DE CONSEJERO/A DEL CONSEJO DE DEFENSORÍA NACIONAL DEL CONTRIBUYENTE A LAS PERSONAS QUE INDICA

Núm. 225 exento.- Santiago, 30 de junio de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 33 de la Constitución Política de la República; el artículo 11 y siguientes del artículo vigésimo tercero de la ley Nº 21.210, que Moderniza la Legislación Tributaria; el artículo 16 del DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el Título VI de la ley Nº 19.882, que Regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; el DFL N° 1, de 8 de febrero de 2021, del Ministerio de Hacienda, que Fija Planta de Personal de la Defensoría del Contribuyente y otras materias que indica; el decreto supremo N° 71, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el oficio Res. Nº 15, de 19 de junio de 2023, del Sr. Ministro de Hacienda, que informa nombramientos propuestos por el Consejo de Alta Dirección Pública, para los cargos de Consejero/a del Consejo de Defensoría Nacional del Contribuyente; el oficio ordinario Nº PIN-OO-00483-2023, de 30 de junio de 2023, de la Subdirección de Alta Dirección Pública, de la Dirección Nacional del Servicio Civil, y la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, conforme con el artículo 11 del artículo vigésimo tercero de la ley Nº 21.210, que Moderniza la Legislación Tributaria (en adelante, la "ley 21.210"), "El Consejo de Defensoría del Contribuyente, en adelante el "Consejo", será un órgano técnico y colegiado, compuesto por tres consejeros independientes, denominados también los "Consejeros", junto al Defensor".

  2. Que, de acuerdo al inciso primero del artículo 13 del artículo vigésimo tercero de la ley 21.210, los Consejeros serán nombrados por el Ministro de Hacienda, previa selección conforme al procedimiento establecido en el Título VI de la ley Nº 19.882 y durarán dos años en sus cargos, pudiendo ser reelegidos inmediatamente y por una sola vez. Adicionalmente, según lo dispuesto en el inciso segundo de dicha disposición legal, para la designación, el Ministro de Hacienda considerará la representatividad de los contribuyentes a través de las universidades, institutos profesionales, colegios técnicos, asociaciones gremiales y agrupaciones que tengan reconocido conocimiento en materias de derecho tributario y promuevan la defensa de...

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