Decreto núm. 219 EXENTO, publicado el 14 de Julio de 2023. NOMBRA COMITÉ ASESOR ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 5° DEL DECRETO SUPREMO N° 662, DE 2010, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, RESPECTO A CATÁSTROFE DECLARADA POR DECRETO Nº 172 DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto |
NOMBRA COMITÉ ASESOR ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 5° DEL DECRETO SUPREMO N° 662, DE 2010, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, RESPECTO A CATÁSTROFE DECLARADA POR DECRETO Nº 172 DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Núm. 219 exento.- Santiago, 28 de junio de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley N° 20.444, que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe, modificada por la ley N° 20.444; la ley N° 19.885, que incentiva y norma el buen uso de donaciones que dan origen a beneficios tributarios y los extiende a otros fines sociales y públicos; el decreto supremo N° 662, de 2010, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento sobre la administración y destino de las donaciones y otras contribuciones efectuadas de conformidad a la ley Nº 20.444; decreto supremo N° 172, de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara como zonas afectadas por catástrofe a las regiones de Valparaíso, Metropolitana de Santiago, Libertador General Bernardo O'Higgins, Maule, Ñuble y Biobío; ratifica medidas que señala y designa autoridades con atribuciones que indica; el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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Que, el 28 de mayo de 2010, se publicó en el Diario Oficial la ley N° 20.444, que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe. El artículo 2° de dicha ley , dispone que uno o más decretos supremos del Ministerio de Hacienda, suscritos además por el Ministro del Interior, establecerán las normas relativas al funcionamiento del Fondo Nacional de la Reconstrucción y, en general, las demás normas pertinentes para la aplicación de los beneficios a los que se refiere la ley Nº 20.444.
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Que, el 28 de julio de 2010, se publicó en el Diario Oficial el decreto supremo N° 662, del Ministerio de Hacienda, mediante el cual se aprobó el reglamento sobre administración y destino de las donaciones y otras contribuciones efectuadas de conformidad a la ley N° 20.444, que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y establece...
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