Decreto núm. 218, publicado el 19 de Diciembre de 2019. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA JORGE ESTEBAN REDLICH MARDONES SpA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA JORGE ESTEBAN REDLICH MARDONES SpA
Santiago, 2 de septiembre de 2019.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 218.
Vistos:
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El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.
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La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 130.011, de 31.08.2018, complementado mediante ingresos Subtel Nº 156.914, de 26.10.2018 y Nº 105.982, de 05.08.2019.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Jorge Esteban Redlich Mardones SpA, RUT Nº 76.911.796-2, con domicilio en José Joaquín Pérez Nº 550, bloque 2, comuna de Quirihue, Región de Ñuble, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
Instalar, operar y explotar:
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Un centro emisor, ubicado en José Joaquín Pérez Nº 550, local 2, comuna de Quirihue, Región de Ñuble.
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Tramos de Fibra Óptica, según se indica a continuación:
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Ubicación del centro emisor y puntos de zonas FTTH:
Las interconexiones con otras redes públicas existentes, serán a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.
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Los plazos serán los que se indican a continuación:
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La zona de servicio de la concesión comprende la comuna de Quirihue, Región de Ñuble.
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El periodo de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
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