Decreto núm. 217, publicado el 13 de Enero de 2023. MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 241, DE 2017, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN EL SENTIDO QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 241, DE 2017, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN EL SENTIDO QUE INDICA
Núm. 217.- Santiago, 14 de diciembre de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; en la ley N° 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley N° 20.529, que establece el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización; en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370, con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Educación; en la ley N° 20.832, que Crea la Autorización de Funcionamiento de Establecimientos de Educación Parvularia; en la ley N° 20.835, que crea la Subsecretaría de Educación Parvularia, la Intendencia de Educación Parvularia y modifica diversos cuerpos legales; en el decreto supremo N° 315, de 2010, del Ministerio de Educación, que Reglamenta los requisitos de adquisición, mantención y pérdida del Reconocimiento Oficial del Estado a los establecimientos educacionales de Educación Parvularia, Básica y Media; en el decreto supremo N° 241, de 2018, del Ministerio de Educación, que modifica el decreto supremo N° 315, de 2010, del Ministerio de Educación, en el sentido que indica; en el decreto supremo N° 155, de 2022, del Ministerio de Educación y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
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Que, el decreto supremo N° 315, de 2010, del Ministerio de Educación, Reglamenta los requisitos de adquisición, mantención y pérdida del Reconocimiento Oficial del Estado a los Establecimientos Educacionales de Educación Parvularia, Básica y Media.
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Que, mediante decreto supremo N° 241, de 2017, del Ministerio de Educación, se introdujeron una serie de modificaciones al decreto supremo N° 315, ya referido, con el objeto de actualizar ciertos requisitos exigidos por los artículos 8, 9, 10 y 11.
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Que, el artículo segundo transitorio del decreto supremo N° 241 ya señalado, establece, en su inciso primero, que los cambios introducidos a los literales c) y d) del artículo 10 del decreto supremo N° 315, serán exigibles a partir del 1 de enero del año 2022. A su vez, mediante decreto supremo N° 155, de 2021, del...
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