Decreto núm. 213 EXENTO, publicado el 18 de Junio de 2020. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA ATP FIBER CHILE SpA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 845384880

Decreto núm. 213 EXENTO, publicado el 18 de Junio de 2020. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA ATP FIBER CHILE SpA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA ATP FIBER CHILE SpA

Santiago, 18 de mayo de 2020.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 213 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. Decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. El decreto supremo Nº 99, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones.

  6. La resolución exenta Nº 3.744, de 2012, de la Subsecretaría.

  7. El decreto supremo Nº 237, de 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones.

    Considerando:

  8. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 77.411 de 27.04.2020.

  9. Que la solicitud incorpora infraestructura de telecomunicaciones que no se encuentra destinada a soportar elementos radiantes, acorde al inciso séptimo del artículo 6º, decreto supremo Nº 99, de 2012, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones, señalada en la letra e) de los vistos otorgada a la empresa ATP Fiber Chile SpA, RUT Nº 76.982.036-1, con domicilio en Avenida Apoquindo Nº 2827, piso 7, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria a modificar su concesión en el sentido de instalar, operar y explotar un (1) Nodo y tramos de fibra óptica en la comuna de Codegua, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, según se indica a continuación:

      Desde los nodos se tenderá la fibra óptica pasiva de forma aérea, en la comuna de Curicó, Región del Maule.

      Características del Cable :

      Tipo de Fibra : Monomodo G.652.D

      Ventana de operación : 1310-1550 nm

      ...

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