Decreto núm. 207 EXENTO, publicado el 28 de Octubre de 2022. CAMBIA TITULARIDAD DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA DE LOS DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA OBRA NUEVA DENOMINADA 'NUEVA S/E SECCIONADORA RONCACHO' PERTENECIENTE AL SISTEMA DE TRANSMISIÓN NACIONAL, CONTENIDA EN EL DECRETO SUPREMO Nº 4T, DE 2021, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 913436071

Decreto núm. 207 EXENTO, publicado el 28 de Octubre de 2022. CAMBIA TITULARIDAD DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA DE LOS DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA OBRA NUEVA DENOMINADA 'NUEVA S/E SECCIONADORA RONCACHO' PERTENECIENTE AL SISTEMA DE TRANSMISIÓN NACIONAL, CONTENIDA EN EL DECRETO SUPREMO Nº 4T, DE 2021, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

CAMBIA TITULARIDAD DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA DE LOS DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA OBRA NUEVA DENOMINADA "NUEVA S/E SECCIONADORA RONCACHO" PERTENECIENTE AL SISTEMA DE TRANSMISIÓN NACIONAL, CONTENIDA EN EL DECRETO SUPREMO Nº 4T, DE 2021, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA

Núm. 207 exento.- Santiago, 11 de octubre de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que Crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, en adelante "LBPA"; en el decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante "Ley"; en la ley Nº 20.936, que establece un nuevo sistema de transmisión eléctrica y crea un organismo coordinador independiente del Sistema Eléctrico Nacional; en el decreto exento Nº 231, de 2019, que fija obras nuevas de los sistemas de transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación o estudio de franja, según corresponda, en los doce meses siguientes, del plan de expansión del año 2018, modificado por el decreto exento Nº 114, de 2020, y revocado parcialmente por el decreto exento Nº 163, de 2020, todos del Ministerio de Energía, en adelante "decreto exento Nº 231/2019"; en las Bases de Licitación para la adjudicación de los derechos de explotación y ejecución de obras de expansión de la transmisión, decreto exento Nº 198-2019 y decreto exento Nº 231-2019, ambos del Ministerio de Energía, en adelante las "Bases de Licitación" o las "Bases"; en el decreto supremo Nº 4T, de 2021, del Ministerio de Energía, que fija derechos y condiciones de ejecución y explotación y fija empresas adjudicatarias de la construcción y ejecución, de las obras condicionadas contempladas en el decreto Nº 198 exento, de 2019, y en el decreto Nº 231 exento, de 2019, ambos del Ministerio de Energía, en adelante "decreto Nº 4T"; en la carta de 28 de julio de 2021, de las empresas Engie Energía Chile S.A., en adelante "ENGIE", y Edelnor Transmisión S.A., en adelante "ETSA"; en lo informado por ENGIE mediante correo electrónico de 14 de septiembre de 2022; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 92º de la Ley, este Ministerio, mediante el decreto exento Nº 231/2019, fijó las obras nuevas de los sistemas de transmisión nacional y zonal que debían iniciar su proceso de licitación o estudio de franja, según corresponda, en los doce meses siguientes, del plan de expansión del año 2018, entre cuyas...

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