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Decreto núm. 206, publicado el 16 de Septiembre de 2019. MODIFICACIÓN NO SUSTANCIAL DE CONCESIÓN MARÍTIMA MAYOR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto

MODIFICACIÓN NO SUSTANCIAL DE CONCESIÓN MARÍTIMA MAYOR

Decreto supremo Nº 206, de 6 de mayo de 2019, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, otorgó a Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi SCM, RUT: 89.468.900-5, modificación no sustancial de la concesión marítima mayor otorgada mediante decreto supremo Nº 219, de 28 de junio de 1996, modificado por decreto supremo Nº 74, de 18 de mayo de 2001 y por decreto supremo Nº 395, de 24 de agosto de 2017, todos del Ministerio de Defensa Nacional, que ampara la construcción y operación de dos muelles mecanizados para embarque de concentrado de cobre, conformados por plataformas para los cargadores de barcos, postes de amarre, duques de alba y boyas para amarre de las naves, balizas y barandas e instalaciones de apoyo al carguío de concentrado, la instalación y operación de un sistema de toma de agua de mar para una planta desaladora, con su correspondiente ca�ería de impulsión y una cañería para descarga de agua, así como una obra de captación y conducción de agua de mar para la planta de osmosis inversa; con vencimiento al 31 de diciembre de 2045. La modificación requerida consiste en el reemplazo íntegro de las letras h), k), m), ñ) y, o) del número 7 de la parte resolutiva del decreto supremo (M) Nº395, de 24 de agosto de 2017, en los siguientes términos: "h) Someter el proyecto o actividad a más tardar el 1 de marzo de 2020, al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). En caso que la interesada considere que el proyecto o actividad no debe ingresar al SEIA de acuerdo al artículo 10 de la Ley Nº 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente y el Reglamento del SEIA, deberá consultar la pertinencia de ingreso al Servicio de Evaluación Ambiental dentro de dicho plazo, sin perjuicio del ingreso voluntario al Sistema."; "k) Presentar a la Autoridad Marítima los estudios que señala el inciso primero del artículo 85 inciso primero del DS Nº 9 de 2018, del Ministerio de Defensa Nacional...

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