Decreto núm. 201 EXENTO, publicado el 14 de Julio de 2023. RENUEVA COMITÉ ASESOR ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 5° DEL DECRETO SUPREMO Nº 662, DE 2010, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, DESIGNA INTEGRANTES Y DEJA SIN EFECTO DECRETO EXENTO QUE INDICA - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 938045198

Decreto núm. 201 EXENTO, publicado el 14 de Julio de 2023. RENUEVA COMITÉ ASESOR ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 5° DEL DECRETO SUPREMO Nº 662, DE 2010, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, DESIGNA INTEGRANTES Y DEJA SIN EFECTO DECRETO EXENTO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

RENUEVA COMITÉ ASESOR ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 5° DEL DECRETO SUPREMO Nº 662, DE 2010, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, DESIGNA INTEGRANTES Y DEJA SIN EFECTO DECRETO EXENTO QUE INDICA

Núm. 201 exento.- Santiago, 15 de junio de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 3° de la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley N° 20.444, que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe, modificada por la ley Nº 20.444; la ley Nº 19.885, que incentiva y norma el buen uso de donaciones que dan origen a beneficios tributarios y los extiende a otros fines sociales y públicos; el decreto supremo Nº 662, de 2010, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento sobre la administración y destino de las donaciones y otras contribuciones efectuadas de conformidad a la ley N° 20.444; el decreto exento Nº 34, de 2023, del Ministerio de Hacienda; el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, el 28 de mayo de 2010, se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 20.444, que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe. El artículo 2° de dicha ley dispone que uno o más decretos supremos del Ministerio de Hacienda, suscritos además por el Ministro del Interior, establecerán las normas relativas al funcionamiento del Fondo Nacional de la Reconstrucción y, en general, las demás normas pertinentes para la aplicación de los beneficios a los que se refiere la ley Nº 20.444.

  2. Que, el 28 de julio de 2010, se publicó en el Diario Oficial el decreto supremo Nº 662, del Ministerio de Hacienda, mediante el cual se aprobó el reglamento sobre administración y destino de las donaciones y otras contribuciones efectuadas de conformidad a la ley Nº 20.444, que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe.

  3. Que, el artículo 5° del citado Reglamento, establece que la administración del Fondo y la determinación del destino de los recursos que lo integren, como así también de las donaciones en especie a que se refiere el...

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