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Decreto núm. 200 EXENTO, publicado el 11 de Febrero de 2021. INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
Rango de LeyDecreto

INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN

Núm. 200 exento.- San Miguel, 27 de enero de 2021.

Vistos:

  1. Decreto exento Nº 761, de fecha 03 de abril de 2019, que aprueba las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Formatos y Anexo cronograma que llama a licitación pública para el Suministro de Servicio de Monitoreo y Control para la Flota Vehicular Municipal, comuna de San Miguel, ID 1741-45-LE19;

  2. Decreto exento Nº 1.229 de fecha 30 de mayo de 2019 que adjudica licitación pública ID 1741-45-LE19 al oferente Ubicar Chile S.A.;

  3. Decreto exento Nº 1.463, de fecha 26 de junio de 2019 que aprueba contrato de suministro de Servicio de Monitoreo y Control para la flota vehicular municipal;

  4. Oficio electrónico Nº E-45753/2020 de fecha 23 de octubre de 2020, de la I Contraloría Regional Metropolitana que ordena iniciar proceso de invalidación de la licitación pública ID 1741-45-LE19;

  5. Dictamen E-60399/2020, de fecha 16 de diciembre de 2020, de la I Contraloría Regional Metropolitana que rechaza reconsideración del dictamen Nº E-45753/2020.

    Considerando:

  6. Que, la I Contraloría Regional Metropolitana mediante el oficio electrónico Nº E-45753/2020 de fecha 23 de octubre de 2020, ordena a la Municipalidad de San Miguel, iniciar un procedimiento de invalidación del acto administrativo que adjudicó la licitación dentro del plazo de 30 días, contados desde la recepción de ese pronunciamiento.

  7. Que el punto neurálgico del precedente dictamen recae sobre las Bases de Licitación aprobadas por el decreto exento Nº 761, de 2019, las que en su numeral 14.1, prescribían que la presentación de la garantía de seriedad de la oferta debía efectuarse en el despacho del secretario municipal, en sobre cerrado, sin que dicho numeral considerara la posibilidad de que la caución pudiese ser otorgada y entregada de manera electrónica.

  8. En razón de lo anterior, mediante el decreto exento Nº 1.229, de 2019, se adjudicó la licitación al proveedor Ubicar S.A., rechazándose la oferta del denunciante por no acompañar de manera física dicha caución.

  9. Que, mediante el decreto exento Nº 1.463, del año 2019, se aprobó el contrato respectivo.

  10. A su respecto, la Municipalidad de San Miguel presentó reconsideración ante la I Contraloría General de la República, pues conforme al artículo 24 de la ley Nº 19.886, la materia sería de competencia exclusiva del Tribunal de Contratación Pública.

  11. Con fecha 16 de diciembre de 2020, la I Contraloría Regional Metropolitana desestima...

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