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Decreto núm. 200 EXENTO, publicado el 19 de Abril de 2024. MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE LICANRAY

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE LICANRAY

Santiago, 15 de abril de 2024.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 200 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;

  2. La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;

  3. La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón;

  4. El decreto supremo N° 126 de 1997 y sus modificaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;

  5. El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;

  6. La resolución exenta N° 479 de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora; y

  7. El decreto supremo N° 94, de 21.07.2020, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y su posterior modificación.

    Considerando:

  8. La solicitud de modificación, ingreso Subtel N° 166.733 de 20.11.2023;

  9. Que la modificación de concesión solicitada no se encuentra entre aquellas que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 4° del artículo 14° de la ley, deben quedar sometidas al procedimiento consagrado en los artículos 15° y 16° del mismo cuerpo legal.

    Decreto:

    1. Modifícase, la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Licanray, Región de la Araucanía, señal distintiva XQD-737, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra g) de los Vistos, cuyo titular es Sociedad Comercial de Comunicación Social Devaud y Morales Limitada, RUT N° 78.753.200-4, con domicilio en Manuel Rodríguez N° 1199, comuna de Lautaro, Región de la Araucanía, en los términos que a continuación se indican.

    2. Apruébese la solicitud de modificación presentada por la concesionaria, junto con los antecedentes técnicos que le sirven de fundamento. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.

    3. Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación el estudio principal, el estudio alternativo e incorporar radioenlace estudio alternativo - planta, en los términos que a continuación se señalan:

      Estudio Principal:

      - Dirección : Antonio Varas N° 687,

      oficina 1305, comuna

      de Temuco, Región de

      la Araucanía.

      - Coordenadas Geográficas: 38° 44' 24'' Latitud

      Sur; 72° 35' 34''

      Longitud Oeste.

      Datum WGS 84.

      Estudio Alternativo:

      -...

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