Decreto núm. 2, publicado el 24 de Febrero de 2023. DETERMINA ÓRGANO AL QUE CORRESPONDE PRESTAR APOYO FINANCIERO AL CONSEJO CONSTITUCIONAL, COMISIÓN EXPERTA Y COMITÉ TÉCNICO DE ADMISIBILIDAD, DEL NUEVO PROCEDIMIENTO PARA ELABORAR UNA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA - MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 923725050

Decreto núm. 2, publicado el 24 de Febrero de 2023. DETERMINA ÓRGANO AL QUE CORRESPONDE PRESTAR APOYO FINANCIERO AL CONSEJO CONSTITUCIONAL, COMISIÓN EXPERTA Y COMITÉ TÉCNICO DE ADMISIBILIDAD, DEL NUEVO PROCEDIMIENTO PARA ELABORAR UNA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

DETERMINA ÓRGANO AL QUE CORRESPONDE PRESTAR APOYO FINANCIERO AL CONSEJO CONSTITUCIONAL, COMISIÓN EXPERTA Y COMITÉ TÉCNICO DE ADMISIBILIDAD, DEL NUEVO PROCEDIMIENTO PARA ELABORAR UNA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA

Núm. 2.- Santiago, 10 de febrero de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en la ley N° 21.533, que modifica la Constitución Política de la República con el objeto de establecer un procedimiento para la elaboración y aprobación de una nueva Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 21.516, Ley de Presupuestos de Ingresos y Gastos del Sector Público para el año 2023; y, en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. - Que, la Constitución Política de la República establece, en sus artículos 24 y 32 N° 6 respectivamente, que el gobierno y la administración del Estado corresponden al Presidente de la República, quien también cuenta con la atribución de ejercer la potestad reglamentaria en todas aquellas materias que no sean propias de dominio legal, sin perjuicio de la facultad de dictar los demás reglamentos, decretos e instrucciones que crea convenientes para la ejecución de las leyes.

  2. - Que, el 17 de enero de 2023 se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.533, que modifica la Constitución Política de la República con el objeto de establecer un procedimiento para la elaboración y aprobación de una Nueva Constitución Política de la República.

  3. - Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 157 de la Constitución Política de la República, corresponderá al Presidente de la República, o al órgano que este determine, prestar el apoyo financiero que sea necesario para la instalación y el funcionamiento del Consejo Constitucional, la Comisión Experta y el Comité Técnico de Admisibilidad.

  4. - Que, asimismo, el artículo citado en el considerando anterior establece que les corresponderá a ambas cámaras del Congreso Nacional y a la Biblioteca del Congreso Nacional prestar el...

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