Decreto núm. 194, publicado el 12 de Abril de 2024. APRUEBA CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 1 DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN EMBALSE LAS PALMAS' - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 1030011105

Decreto núm. 194, publicado el 12 de Abril de 2024. APRUEBA CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 1 DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN EMBALSE LAS PALMAS'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

APRUEBA CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 1 DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "CONCESIÓN EMBALSE LAS PALMAS"Núm. 194.- Santiago, 8 de septiembre de 2023.Vistos:- El DFL MOP Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos y sus modificaciones.- El decreto supremo MOP Nº 900 de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial su artículo 19º.- El decreto supremo MOP Nº 956 de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial su artículo 69º.- La ley Nº 21.044, de fecha 17 de noviembre de 2017, que crea la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.- El DFL MOP Nº 7, de fecha 25 de enero de 2018, que fija la planta de personal y fecha de iniciación de actividades de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.- El decreto supremo MOP Nº 34, de fecha 6 de marzo de 2018, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Concesión Embalse Las Palmas".- La Carta CHECLP_CL_EXOU_22_0437, de fecha 7 de octubre de 2022, de la Sociedad Concesionaria.- La resolución DGC (exenta) Nº 64, de fecha 14 de octubre de 2022.- El decreto supremo MOP Nº 203, de fecha 4 de noviembre de 2022- El Oficio Ord. IF ELP Nº 802/2022, de fecha 19 de diciembre de 2022, del Inspector Fiscal.- La Carta CHECLP_CL_EXOU_23_0050, de fecha 9 de febrero de 2023, de la Sociedad Concesionaria.- La Carta CHECLP_CL_EXOU_23_0069, de fecha 21 de febrero de 2023, de la Sociedad Concesionaria.- La anotación en el Libro de Obras Nº 21, folio 49, de fecha 28 de febrero de 2023, del Inspector Fiscal.Considerando:1º Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la ley Nº 21.044 de 2017, desde la fecha de inicio de las funciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas fijada en el DFL MOP Nº 7 de 2018, ésta asumió la totalidad de las competencias, funciones y atribuciones que desempeñaba la Dirección General de Obras Públicas, por sí y a través de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas, dispuestas en el DFL MOP Nº 850 de 1997, Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, relacionadas con la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y por tanto, está encargada especialmente de continuar la gestión de los contratos de estudios, asesorías y concesión a través de sus etapas de proyecto, construcción y explotación, respecto de todos los contratos que, hasta la fecha de entrada en vigor de esa ley, la Dirección General de Obras Públicas tenía a su cargo.2º Que el artículo 19º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas establece que el Ministerio de Obras Públicas, en adelante el "MOP", podrá modificar las características de las obras y servicios contratados, a objeto de incrementar los niveles de servicio y estándares técnicos establecidos en las Bases de Licitación, o por otras razones de interés público debidamente fundadas.3º Que el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas establece que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados, agregando en su Nº 4 que el Director General de Concesiones de Obras Públicas, con el Visto Bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las características de las obras y servicios contratados desde el momento que lo estime.4º Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69º Nº 4 de su Reglamento, el Ministerio de Obras Públicas, mediante la resolución DGC (exenta) Nº 64, de fecha 14 de octubre de 2022, sancionada por decreto supremo MOP Nº 203, de fecha 4 de noviembre de 2022, modificó, por razones de interés público y urgencia, las características de las obras y servicios del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Concesión Embalse Las Palmas" en el sentido de:i) suspender transitoriamente la ejecución de las siguientes obras: (a) Evacuador de Crecidas, (b) Canal Alimentador y Bocatoma, (c) Muro Principal y (d) Muro Secundario; ii) a consecuencia de esta suspensión, ampliar los plazos máximos de las declaraciones de avance del 30%, 50%, 70% y 90%, el plazo para la obtención de la Puesta en Servicio Provisoria de las Obras y el plazo de la concesión; y por último iii) disponer que la Sociedad Concesionaria desarrolle el estudio denominado "Actualización Estudio Hidrológico y Disponibilidad de Recursos Hídricos Embalse Las Palmas", conforme a los términos de referencia (TDR) que se le entregaron mediante Oficio Ord. IF ELP Nº 802/2022, de fecha 19 de diciembre de 2022.5º Que las modificaciones a las características de las obras y servicios del contrato de concesión dispuestas mediante resolución DGC (exenta) Nº 64, de fecha 14 de octubre de 2022, y sancionada mediante decreto supremo MOP Nº 203, de 4 de noviembre de 2022, involucran nuevas inversiones y mayores gastos y costos para la Sociedad Concesionaria, todo lo cual, conforme con lo prescrito en el artículo 19º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, obliga al MOP a compensarlas, debiendo acordar con la Sociedad Concesionaria las indemnizaciones correspondientes, para los efectos de lo cual, con fecha 24 de julio de 2023, las partes suscribieron el Convenio Ad - Referéndum Nº 1 del Contrato de Concesión de la obra pública fiscal denominada "Concesión Embalse Las Palmas", que se aprueba mediante el presente decreto supremo.Decreto:1. Apruébase el Convenio Ad - Referéndum Nº 1 del Contrato de Concesión de la obra pública fiscal denominada "Concesión Embalse Las Palmas", de fecha 24 de julio de 2023, celebrado entre la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, representada por su Director General, don Juan Manuel Sánchez Medioli y "Sociedad Concesionaria CHEC Embalse Las Palmas S.A.", debidamente representada por don Zhang Bo, cuyo texto es el siguiente:CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 1 CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "CONCESIÓN EMBALSE LAS PALMAS"En Santiago de Chile, a 24 días del mes de julio de 2023, entre la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, representada por su Director General, Sr. Juan Manuel Sánchez Medioli, ambos domiciliados para estos efectos en calle Merced Nº 753, piso 7, comuna y ciudad de Santiago, en adelante el "MOP"; y "Sociedad Concesionaria CHEC Embalse Las Palmas S.A.", Sociedad Concesionaria de la obra pública fiscal...

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