Decreto núm. 19, publicado el 03 de Febrero de 2022. ENCASILLA PERSONAL EN LA PLANTA DE PROFESIONALES DEL SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO |
Rango de Ley | Decreto |
ENCASILLA PERSONAL EN LA PLANTA DE PROFESIONALES DEL SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL
Núm. 19.- Valparaíso, 10 de agosto de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos primero y sexto transitorios de la ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en los artículos cuarto y quinto transitorios del decreto con fuerza de ley N° 35, del año 2017, del Ministerio de Educación, que fija las Plantas de Personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural; en los artículos 15, 21, 53 y 55 del decreto con fuerza de ley N° 29, del año 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto supremo N° 69, de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento sobre concursos del Estatuto Administrativo; en el decreto supremo N° 18, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que traspasa el Personal desde la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos al Servicio Nacional del Patrimonio Cultural; en el decreto supremo N° 57, de 2019, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que encasilla en la planta al Personal Titular del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural perteneciente a los estamentos Directivos, Profesionales y Técnicos; y, en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, en materias de personal que se indican.
Considerando:
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- Que, la ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio dispone en sus artículos primero y sexto transitorios, que el personal traspasado desde la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos al Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, y su posterior encasillamiento debe realizarse a través de decretos expedidos bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", por intermedio del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, y que estos decretos contendrán las normas a que debe sujetarse el encasillamiento de personal.
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- Que, el decreto con fuerza de ley N° 35, del año 2017, del Ministerio de Educación, fija las Plantas de Personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, determina la entrada en funcionamiento del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, de...
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