Decreto núm. 19, publicado el 03 de Enero de 2022. CREA COMISIÓN ASESORA PRESIDENCIAL PARA LA OBSERVACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 879608686

Decreto núm. 19, publicado el 03 de Enero de 2022. CREA COMISIÓN ASESORA PRESIDENCIAL PARA LA OBSERVACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN
Rango de LeyDecreto

CREA COMISIÓN ASESORA PRESIDENCIAL PARA LA OBSERVACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO

Núm. 19.- Santiago, 20 de septiembre de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 32, Nº 6 de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; en la ley Nº 21.105, que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; en la ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la ley Nº 20.417, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente; en el decreto supremo Nº 52, de 2017, del Ministerio del Medio Ambiente, que crea Comisión Asesora Presidencial Permanente de Cambio Climático, y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que, entre las materias que requieren de acciones urgentes, tanto en nuestro país como a nivel global, se encuentra la problemática generada por el cambio climático, que conforme a lo señalado en el artículo 1º de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, se caracteriza como el "cambio de clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana que altera la composición de la atmósfera global y que se suma a la variabilidad natural del clima observada durante períodos de tiempo comparables". Dentro de los efectos conocidos del referido fenómeno nos encontramos con sequías prolongadas, olas de calor, incendios forestales, aumento del nivel del mar, inundaciones, tormentas, pérdida de biodiversidad y el desbalance de los ecosistemas que sustentan la vida, entre otros, de manera cada vez más notoria y severa.

  2. Que, el Estado de Chile se ha hecho parte de los esfuerzos globales para combatir el cambio climático, adoptando diversos instrumentos internacionales en la materia, a saber, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París, los que fueron promulgados en nuestro país, respectivamente, mediante los decretos supremos Nº 123, de 1995, Nº 349, de 2004 y Nº 30, de 2017, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores.

  3. Que, en este contexto, cabe destacar que el territorio chileno constituye un espacio privilegiado para el estudio del cambio climático, caracterizado por una presencia relevante de eventos extremos, por contar con un amplio y diverso rango de climas, ecosistemas y geografías. Asimismo, se caracteriza por la especial interacción entre el océano, la atmósfera y la criósfera, erigiéndose como el gradiente latitudinal más extenso para el estudio del cambio climático en el hemisferio sur, cuya observación permitirá su mejor comprensión y la definición de medidas de mitigación y adaptación. Esta información, por tanto, resulta de la mayor relevancia no sólo para nuestro país, sino que para todo el planeta.

  4. Que, actualmente en Chile existen múltiples capacidades instaladas para la observación del territorio nacional, consistentes en instrumentos de monitoreo y en plataformas de gestión de datos, administradas por instituciones públicas y privadas de diversa naturaleza, como servicios públicos, centros de investigación, universidades y el sector productivo. Sin embargo, respecto de dichas capacidades, no existen definiciones o lineamientos que las coordinen e integren sistemáticamente, encontrándose hoy dispersas y, en algunos casos, inconexas, no permitiendo su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR