Decreto núm. 19 EXENTO, publicado el 29 de Marzo de 2023. DISPONE VACUNACIÓN ANTIRRÁBICA ANIMAL POR PARTE DE FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LAS UNIDADES DE ZOONOSIS Y CONTROL DE VECTORES DE LAS SEREMIS DE SALUD DEL PAÍS - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 927317791

Decreto núm. 19 EXENTO, publicado el 29 de Marzo de 2023. DISPONE VACUNACIÓN ANTIRRÁBICA ANIMAL POR PARTE DE FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LAS UNIDADES DE ZOONOSIS Y CONTROL DE VECTORES DE LAS SEREMIS DE SALUD DEL PAÍS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

DISPONE VACUNACIÓN ANTIRRÁBICA ANIMAL POR PARTE DE FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LAS UNIDADES DE ZOONOSIS Y CONTROL DE VECTORES DE LAS SEREMIS DE SALUD DEL PAÍS

Núm. 19 exento.- Santiago, 23 de marzo de 2023.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 1, 3, 21, 32 y 77 letra f) del Código Sanitario, aprobado por DFL Nº 725, de 1967, del Ministerio de Salud; en los artículos 1, 4, 7 y 12 del DFL Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y 18.469; en el decreto supremo Nº 1, de 2013, del Ministerio de Salud, Reglamento de Prevención y Control de la Rabia en el Hombre y en los Animales; en el Nº 3 del decreto Nº 72, de 2004, del Ministerio de Salud; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y

Considerando:

  1. Que, al Ministerio de Salud le compete ejercer la función que le corresponde al Estado de garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona enferma; así como coordinar, controlar y, cuando corresponda, ejecutar tales acciones.

  2. Que, esta Cartera debe efectuar la vigilancia en salud pública y evaluar la situación de salud de la población. En el ejercicio de esta función, le compete mantener un adecuado sistema de vigilancia epidemiológica y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles, investigar los brotes de enfermedades y coordinar la aplicación de medidas de control.

  3. Que, asimismo, a esta Secretaría de Estado le corresponde velar por que se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de la población.

  4. Que, a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud les corresponde ejecutar las acciones que correspondan para la protección de la salud de la población de los riesgos producidos por el medio ambiente y para la conservación, mejoría y recuperación de los elementos básicos del ambiente que inciden en ella, velando por el debido cumplimiento de las disposiciones del Código Sanitario y de los reglamentos, resoluciones e instrucciones sobre la materia, para lo cual se encontrará dotado de todas las facultades y atribuciones que el Código Sanitario y demás normas legales y reglamentarias le confieren.

  5. Que, la rabia es una enfermedad viral que se transmite entre los animales y las personas y constituye un importante problema de salud pública considerando que su letalidad alcanza, en la práctica, a un 100% de los casos.

  6. Que, cada año, la rabia, a nivel mundial, provoca aproximadamente 60.000 muertes de personas. A pesar de la evidencia de que el control de la rabia en los perros, mediante los programas de vacunación animal y su control, puede reducir la incidencia en los seres humanos, la rabia en los perros sigue siendo común en muchos países y la exposición a perros con rabia sigue siendo la causa del 99% de las muertes en seres humanos en todo el mundo.

  7. Que, en el continente americano, en los últimos 3 años, se han reportado...

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