Decreto núm. 187, publicado el 26 de Julio de 2023. PRORROGA CONTRATA DEL SR. FELIPE IGNACIO SAAVEDRA CAVIEDES COMO AGREGADO CIVIL ANTE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO, UBICADA EN PARÍS, FRANCIA - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 939822023

Decreto núm. 187, publicado el 26 de Julio de 2023. PRORROGA CONTRATA DEL SR. FELIPE IGNACIO SAAVEDRA CAVIEDES COMO AGREGADO CIVIL ANTE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO, UBICADA EN PARÍS, FRANCIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PRORROGA CONTRATA DEL SR. FELIPE IGNACIO SAAVEDRA CAVIEDES COMO AGREGADO CIVIL ANTE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO, UBICADA EN PARÍS, FRANCIA

Núm. 187.- Santiago, 20 de junio de 2022.

Vistos:

La ley N° 21.080 que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre el Estatuto Administrativo; la ley N° 21.395, de Presupuesto del Sector Público correspondiente al año 2022; el DFL N° 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija el Estatuto del Personal de dicha Cartera de Estado; los decretos N°s. 312 de 2018, 235 de 2019, 175 de 2020, 166 de 2021 y 96 de 2022, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; el correo electrónico de fecha 10 de junio de 2022, del Ministerio de Hacienda; y la resolución N° 6 de 2019, de la Contraloría General de la República, y su oficio N° 9718, de 2019, que imparte instrucciones respecto de las modalidades de tramitación de los actos administrativos relativos a materia de personal que indica.

Considerando:

  1. Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5° del DFL N° 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, según sustitución practicada por el artículo 53, N° 2, de la ley N° 21.080, ambos cuerpos normativos citados en los vistos, el Presidente de la República puede asignar agregados a contrata para que se desempeñen en las Misiones de Chile en el exterior, según lo requieran las necesidades del Servicio. El citado artículo dispone además que el Presidente de la República puede exceptuar, en casos calificados, los requisitos de ingreso a que se refiere el artículo 12 del DFL N° 33, previamente referido.

  2. Que el Estatuto Administrativo, en su artículo 10°, establece que los empleos a contrata durarán, como máximo, sólo hasta el 31 de diciembre de cada año y los empleados que los sirvan expirarán en sus funciones en esa fecha, por el solo ministerio de la ley, salvo que hubiere sido propuesta la prórroga de la misma.

  3. Que, con fecha 25 de octubre de 2018, y por decreto N° 312, de 25 de octubre de 2018, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se contrató al Sr. Felipe Ignacio Saavedra Caviedes como agregado civil en la Misión Permanente de Chile ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), ubicada en París, Francia, desde el 1 de enero y...

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