Decreto núm. 183, publicado el 06 de Diciembre de 2023. DESIGNA DELEGADO PRESIDENCIAL PARA LA GESTIÓN DE LA CRISIS SOCIO-AMBIENTAL PARA LAS COMUNAS DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 971502664

Decreto núm. 183, publicado el 06 de Diciembre de 2023. DESIGNA DELEGADO PRESIDENCIAL PARA LA GESTIÓN DE LA CRISIS SOCIO-AMBIENTAL PARA LAS COMUNAS DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

DESIGNA DELEGADO PRESIDENCIAL PARA LA GESTIÓN DE LA CRISIS SOCIO-AMBIENTAL PARA LAS COMUNAS DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ

Núm. 183.- Santiago, 12 de julio de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 19 Nº 1, Nº 8 y Nº 9, 24, 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por medio del decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.516, Ley de Presupuestos de Ingresos y Gastos del Sector Público para el año 2023; en el decreto supremo Nº 15, de 2023, del Ministerio de Salud, publicado en el Diario Oficial el 27 de mayo del año en curso, que declaró Alerta Sanitaria en las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví, y en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de las materias de personal que se indican.

Considerando:

  1. Que, conforme a lo dispuesto decreto supremo Nº 105, de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprobó el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví, este territorio se caracteriza por contar con distintas actividades económicas que aportan emisiones de material particulado y gases precursores de material particulado (MP), entre las que se destacan: Fundición y Refinería de Cobre Codelco División Ventanas, Complejo Termoeléctrico AES Gener S.A. y Refinería Aconcagua de ENAP, que en conjunto representan la mayoría de las emisiones de MP, de SO2 y de NOx. Por otra parte, el sector industrial que se asocia con el manejo y procesamiento de hidrocarburos y sus derivados, es responsable de la mayor parte de las emisiones de Compuestos Orgánicos Volátiles (COVs) en la zona, siendo las principales fuentes: Refinería Aconcagua de ENAP, Gasmar, Copec, Oxiquim, GNL Quintero, ENAP Quintero y Enex;

  2. Que, de acuerdo a lo informado por las empresas en cumplimiento de lo establecido en el decreto supremo Nº 138, de 2005, del Ministerio de Salud, las emisiones de COVs al año 2017 corresponden a 698 ton/año. Otras fuentes emisoras presentes en la zona corresponden a Central Térmica Quintero de ENEL, Industria Química BASF, Catamutun, Esval, Cementos Melón y Puerto de Ventanas. La actividad portuaria es el principal centro de transferencia de graneles líquidos y sólidos como granos, Clinker, combustible, asfaltos, concentrados de cobre y otros minerales además de productos químicos, gas natural y petcoke. En la zona, también coexisten otras instalaciones de menor tamaño. Esta multiplicidad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR