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Decreto núm. 1815, publicado el 09 de Enero de 2015. DECLARA PROCEDENCIA DEL CRÉDITO FISCAL QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

DECLARA PROCEDENCIA DEL CRÉDITO FISCAL QUE INDICA

Núm. 1.815.- Santiago, 7 de noviembre de 2014.- Vistos: La solicitud de la Fundación El Camino, de fecha 2 de septiembre de 2014; lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 21 del decreto ley Nº 910, de 1975; lo establecido en el DFL Nº 5, del Ministerio de Hacienda, de 1988; lo establecido en el artículo 1º, numeral VI, del decreto supremo Nº 19, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2001; lo informado por el Servicio de Impuestos Internos mediante oficio ordinario Nº 1.920, de 23 de octubre de 2014; Informe Económico y demás antecedentes acompañados; la resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República, de 2008, y

Considerando:

Que la "Fundación El Camino" es de aquellas instituciones comprendidas en el inciso segundo del artículo 21 del decreto ley Nº 910, de 1975, en virtud de lo cual ha impetrado el beneficio tributario contemplado en dicha disposición legal, en relación al inmueble cuya construcción ha contratado.

Que según consta de los antecedentes adjuntos, dicha Fundación es una institución de beneficencia que no persigue fines de lucro y que tiene por único objeto proporcionar ayuda material, exclusivamente en forma gratuita, solamente a personas de escasos recursos económicos y, según la naturaleza de sus actividades, no realiza principalmente operaciones gravadas con el Impuesto al Valor Agregado, concluyéndose, asimismo, que el otorgamiento del beneficio solicitado no implicará discriminar respecto del mismo giro de empresas que pueden acogerse a la franquicia.

Que el inmueble cuya construcción ha contratado la peticionaria corresponde a la "Ampliación de la Segunda Etapa del Colegio San Lucas", destinado a otorgar educación básica y media a niños de escasos recursos, en el inmueble de su propiedad, ubicado en Pedro Lira Nº 9195, comuna de Lo Espejo, Santiago.

Que el contrato de construcción acompañado, celebrado con fecha 2 de enero de 2014, entre doña María de los Ángeles Izquierdo Etchebarne, en representación de la Fundación El Camino y la Empresa Constructora Alzerreca y Díaz Limitada, representada por don Juan Carlos Díaz Brito y por don Germán Roberto Alzerreca Luna, es un contrato general de construcción a suma alzada, de aquellos a que se refiere el inciso segundo del artículo 21 del decreto ley Nº 910, de 1975, para el otorgamiento del beneficio que contempla dicha norma legal.

Decreto:

  1. - La Empresa Constructora Alzerreca y Díaz...

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