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Decreto núm. 181, publicado el 03 de Febrero de 2022. NOMBRA DELEGADOS Y DELEGADAS PRESIDENCIALES PROVINCIALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

NOMBRA DELEGADOS Y DELEGADAS PRESIDENCIALES PROVINCIALES

Núm. 181.- Santiago, 14 de julio de 2021.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 327, 116 y disposición transitoria vigésimo octava de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.175, de 2005, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que, el artículo 116 de la Constitución Política de la República, dispone que en cada provincia existirá una delegación presidencial provincial, que será un órgano territorialmente desconcentrado del delegado presidencial regional y estará a cargo de un delegado presidencial provincial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República. En la provincia asiento de la capital regional, el delegado presidencial regional ejercerá las funciones y atribuciones del delegado presidencial provincial.

  2. Que, en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria vigésimo octava de la Carta Fundamental, las funciones y atribuciones que las leyes entregan al gobernador se entenderán atribuidas al delegado presidencial provincial.

  3. Que, dado que el periodo del primer gobernador regional comenzará a computarse el 14 de julio de 2021, los delegados y delegadas presidenciales provinciales deberán asumir sus funciones legales a contar de dicho día.

  4. Que, en consecuencia, vengo en dictar el siguiente acto;

Decreto:

Artículo primero

Nómbrese, a contar del 14 de julio del presente, como Delegados y Delegadas Presidenciales Provinciales, en las provincias que se indican, a las siguientes personas, quienes, por razones impostergables de buen servicio, deberán asumir sus funciones sin esperar la total tramitación del presente decreto:

Región de Arica y Parinacota

- Don Mario Andrés Salgado Ibarra, RUN N° 10.910.601-1, como Delegado Presidencial Provincial de la provincia de Parinacota.

Región de Tarapacá

- Don Natan Antonio Olivos Núñez, RUN N° 12.141.923-8, como Delegado Presidencial Provincial de la provincia del Tamarugal.

Región de Antofagasta

- Doña María Bernarda Jopia Contreras, RUN N° 8.060.836-5, como Delegada Presidencial Provincial de la...

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