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Decreto núm. 18, publicado el 15 de Julio de 2021. APRUEBA PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DE GARRA DE LEÓN (LEONTOCHIR OVALLEI)

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

APRUEBA PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DE GARRA DE LEÓN (LEONTOCHIR OVALLEI)

Núm. 18.- Santiago, 1 de septiembre de 2020.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 19 número 8 y 32 número 6 de la Constitución Política de la República; en los artículos 37, 70 letra i) y 71 letra f) de la ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el Convenio sobre Diversidad Biológica, promulgado como ley de la República mediante el decreto supremo N° 1.963, de 1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en la ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo N° 50, de 2008, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Aprueba y Oficializa nómina para el segundo proceso de Clasificación de Especies según su Estado de Conservación; en la resolución exenta N° 638, de 12 de julio de 2016, del Ministerio del Medio Ambiente; en el Acuerdo N° 7/2019 del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, adoptado el 24 de enero de 2019; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que es deber del Estado tutelar la preservación de la naturaleza, así como velar por la protección y conservación de la diversidad biológica del país.

  2. Que, conforme lo dispone el artículo 70 letra i) de la ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, es atribución del Ministerio del Medio Ambiente proponer políticas y formular planes, programas y acciones que establezcan los criterios básicos y las medidas preventivas para favorecer la recuperación y la conservación de los recursos hídricos, genéticos, la flora, la fauna, los hábitats, los paisajes, ecosistemas y espacios naturales, en especial los frágiles y degradados, contribuyendo al cumplimiento de los convenios internacionales de conservación de la biodiversidad. Uno de dichos instrumentos son los planes de recuperación, conservación y gestión de especies, referidos en el artículo 37 de la ley N° 19.300.

  3. Que los planes de recuperación, conservación y gestión de especies constituyen un instrumento administrativo que contiene el conjunto de acciones, medidas y procedimientos que deberían ejecutarse para recuperar, conservar y manejar especies que hubiesen sido clasificadas en el marco del Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación, de acuerdo al artículo 37 de la ley N° 19.300.

  4. Que la Garra de león es una planta endémica, cuya distribución está restringida a la costa de la región de Atacama, principalmente entre los 0 y 100 msnm entre las comunas de Copiapó y Huasco. Actualmente se encuentra clasificada en categoría "En Peligro" (EN) según el decreto supremo N° 50, de 2008 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

  5. Que, en conformidad con lo establecido en el artículo 71 letra a) de la ley N° 19.300, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, mediante el Acuerdo N° 7, de 24 de enero de 2019, acordó unánimemente proponer a S.E. el Presidente de la República, el Plan de Recuperación, Conservación y Gestión de la Garra de león (Leontochir ovallei).

Decreto:

Artículo único

Apruébese el siguiente Plan de Recuperación, Conservación y Gestión de Garra de león (Leontochir ovallei).

"Plan de Recuperación, Conservación y Gestión de Garra de León"

Ministerio del Medio Ambiente

Enero 2019

Grupo de Elaboración de acuerdo a la resolución exenta N° 638, de 12 de julio de 2016, del Ministerio del Medio Ambiente: María José Acosta (Ilustre Municipalidad de Huasco), Juan Pablo Troncoso González (Ilustre Municipalidad de Huasco), Betsy Seguel (Ilustre Municipalidad de Copiapó), Víctor Zuleta Serrano (Ilustre Municipalidad de Copiapó), Maritza Argote (Junta de vecinos Moisés Núñez - Carrizal Bajo), Milton Morales (Junta de vecinos de Totoral - Totoral), Gloria Rojas (Herbario de Museo de Historia Natural), Sebastián Rosa (GHD Group), Patricio Pliscoff (Centro del Desierto de Atacama), Pedro León (INIA INTIHUASI), Ana Sandoval (INIA INTIHUASI), Alexandra Stoll (CEAZA-Universidad de La Serena), Francisco Squeo (Universidad de La Serena), Gina Arancio (Universidad de La Serena), Moisés Grimberg (CONAF), Isla Troncoso (CONAF), Pedro Salazar (CONAF), Ricardo Curiqueo (SERNATUR), Rhodia Cornejos (SERNATUR), Leonora Rojas (MMA) y Gerardo Jara (MMA).

  1. INTRODUCCIÓN

    El presente Plan de Recuperación, Conservación y Gestión de Garra de León, especie clasificada oficialmente como En Peligro (EN) según decreto supremo N° 50, de 2008, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, se enmarca en el Plan Estratégico para la Diversidad Biológica del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD) y contribuye especialmente al cumplimiento de la meta Aichi número 12, la cual establece que "para 2020, se habrá evitado la extinción de especies en peligro identificadas y su estado de conservación se habrá mejorado y sostenido, especialmente para las especies en mayor declive". Además, en concordancia con lo anterior, la ley N° 19.300 establece en su artículo 37 la obligación de aprobar planes de recuperación, conservación y gestión para especies clasificadas según el Reglamento para la Clasificación de Especies, contenido en el decreto supremo N° 29, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente.

    Este documento está estructurado de acuerdo a lo establecido por el Reglamento de planes de recuperación, conservación y gestión de especies, contenido en el decreto supremo N° 1, de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, y surge como un esfuerzo mancomunado de los representantes de instituciones públicas, universidades e investigadores independientes, que conforman el Grupo de Elaboración del Plan. Este Grupo de Elaboración fue conformado por la resolución exenta N° 638, de 12 de julio de 2016, del Ministerio del Medio Ambiente, que da inicio al proceso de elaboración del presente Plan.

  2. RESUMEN DE LOS ANTECEDENTES GENERALES SOBRE LA ESPECIE Y FACTORES DE AMENAZA

    La Garra de león o...

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