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Decreto núm. 179, publicado el 02 de Octubre de 2021. DECLARA ZONA DE ESCASEZ A LA REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

DECLARA ZONA DE ESCASEZ A LA REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS

Núm. 179.- Santiago, 31 de agosto de 2021.

Vistos:

  1. El oficio Nº 631, de 24 de agosto de 2021, del Delegado Presidencial Regional de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins;

  2. El Informe Técnico Nº 29, denominado "Informe Condiciones Hidrometeorológicas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins", de 26 de agosto de 2021, de la División de Hidrología de la Dirección General de Aguas;

  3. El oficio Ord. DGA N° 380, de 30 de agosto de 2021, del Director General de Aguas;

  4. El decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República";

  5. La resolución DGA N° 1.674, de 12 de junio de 2012, que deja sin efecto la resolución DGA Nº 39, de 1984 y establece los criterios para calificar épocas de extraordinaria sequía;

  6. Las facultades que me concede el artículo 314 inciso del Código de Aguas; y

    Considerando:

  7. Que, por medio del oficio Nº 631, de 24 de agosto de 2021, el Delegado Presidencial Regional de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, requirió la declaración de zona de escasez para dicha región, con el objeto de arbitrar las medidas necesarias para procurar el abastecimiento hídrico.

  8. Que, el Informe Técnico Nº 29, denominado "Informe Condiciones Hidrometeorológicas Región del Libertador General Bernardo O'Higgins", de 26 de agosto de 2021, de la División de Hidrología de la Dirección General de Aguas, analizó las siguientes estaciones de medición: Estación Meteorológica Rancagua; Estación Meteorológica San Fernando; Estación Meteorológica Convento Viejo y Estación Meteorológica Pichilemu, que entregan datos sobre las precipitaciones de la zona, y además, la Estación Fluviométrica Río Cachapoal en puente Termas de Cauquenes y la Estación Fluviométrica Río Tinguiririca bajo Los Briones, que proporcionan información sobre los caudales.

  9. Que, de dicho análisis, el Informe concluyó que en la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, se cumple la condición establecida en el numeral 6.

    1. de la resolución DGA Nº 1.674, de 2012, que establece nuevos criterios para calificar épocas de extraordinaria sequía, asociada a las precipitaciones, ya que el índice de precipitaciones estandarizado (IPE) es menor al índice límite definido en dicha resolución, de -0,84.

  10. Que, además, señala que en la aludida región se...

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