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Decreto núm. 176, publicado el 02 de Octubre de 2021. DECLARA ZONA DE ESCASEZ A LAS PROVINCIAS DE SAN ANTONIO Y VALPARAÍSO, EN LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

DECLARA ZONA DE ESCASEZ A LAS PROVINCIAS DE SAN ANTONIO Y VALPARAÍSO, EN LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

Núm. 176.- Santiago, 25 de agosto de 2021.

Vistos:

  1. El oficio Nº 1.634, de 20 de agosto de 2021, del Delegado Presidencial Regional de Valparaíso;

  2. El Informe Técnico Nº 28, denominado "Informe Condiciones Hidrometeorológicas, provincias de San Antonio y Valparaíso", de 19 de agosto de 2021, de la División de Hidrología de la Dirección General de Aguas;

  3. El oficio Ord. D.G.A. Nº 364, de 24 de agosto de 2021, del Director General de Aguas;

  4. El decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República";

  5. La resolución D.G.A. Nº 1.674, de 12 de junio de 2012, que deja sin efecto la resolución D.G.A. Nº 39, de 1984 y establece los criterios para calificar épocas de extraordinaria sequía;

  6. Las facultades que me concede el artículo 314 inciso del Código de Aguas; y

    Considerando:

  7. Que, por medio del oficio Nº 1.634, de 20 de agosto de 2021, el Delegado Presidencial Regional de Valparaíso, requirió la declaración de zona de escasez para las provincias de San Antonio y Valparaíso, Región de Valparaíso, con el objeto de arbitrar las medidas necesarias para procurar el abastecimiento hídrico.

  8. Que, el Informe Técnico Nº 28, denominado "Informe Condiciones Hidrometeorológicas, provincias de San Antonio y Valparaíso", de 19 de agosto de 2021, de la División de Hidrología de la Dirección General de Aguas, analizó las estaciones de medición Lago Peñuelas y Cerrillos de Leyda, que entregan datos sobre las precipitaciones de la zona, y las estaciones Río Aconcagua en Romeral y Río Maipo en Cabimbao, que proporcionan información sobre los caudales.

  9. Que, de dicho análisis, el Informe concluyó que en las provincias de San Antonio y Valparaíso, se cumple la condición establecida en el numeral 6.

    1. de la resolución D.G.A. Nº 1.674, de 2012, que establece nuevos criterios para calificar épocas de extraordinaria sequía, asociada a las precipitaciones, ya que el índice de precipitaciones estandarizado (IPE) es menor al índice límite definido en dicha resolución, de -0.84.

  10. Que, además, señala que en las aludidas provincias se verifica la condición de sequía establecida en el numeral 6.

    1. de la citada resolución, referida a los caudales, ya que el índice de caudales estandarizado (ICE) es menor al índice límite definido en las estaciones...

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