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Decreto núm. 1750 EXENTO, publicado el 23 de Febrero de 2021. AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA 'CORPORACIÓN DE AYUDA AL NIÑO QUEMADO O COANIQUEM', PARA EFECTUAR COLECTA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA "CORPORACIÓN DE AYUDA AL NIÑO QUEMADO O COANIQUEM", PARA EFECTUAR COLECTA

Núm. 1.750 exento.- Santiago, 6 de noviembre de 2020.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley Nº 10.262 del Ministerio del Interior, que faculta al Presidente de la República para autorizar rifas, sorteos, etc., de las características y en las condiciones que indica; la ley Nº 16.436 del Ministerio del Interior, que declara que las materias que indica podrán ser objeto de decretos o resoluciones expedidos por las autoridades que señala, con la sola firma del respectivo funcionario; el decreto supremo Nº 955, de 1974, del Ministerio del Interior, que establece el Reglamento sobre realización de Rifas, Sorteos y Colectas; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y los antecedentes adjuntos.

Decreto:

  1. - Autorízase a la entidad denominada "Corporación de Ayuda al Niño Quemado o Coaniquem", para realizar una colecta pública en todas las regiones del país, los días 4, 5 y 6 de junio del año 2021.

  2. - Las utilidades que se generen producto de esta colecta serán destinadas a financiar parte de las remuneraciones, mantención de equipamiento médico, informático, seguridad y comunicaciones de los centros de rehabilitación, gastos de insumos médicos, medicamentos, telas para elaborar prendas compresivas, materiales para moldes, prótesis y órtesis, traslados de pacientes, artículos de oficina y gastos propios de la colecta.

  3. - Las erogaciones sólo podrán recibirse en alcancías numeradas y controladas por el Intendente o Gobernador respectivo o las personas que se designen...

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