Decreto núm. 175 EXENTO, publicado el 17 de Septiembre de 2022. CAMBIA TITULARIDAD DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA DE LOS DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA OBRA NUEVA DENOMINADA 'NUEVA LÍNEA 4X220 DESDE S/E LOS PELAMBRES A SECCIONAMIENTO DEL SEGMENTO DE LA LÍNEA 2X220 KV LOS PIUQUENES - TAP MAURO', CONTENIDA EN EL DECRETO SUPREMO Nº 13T, DE 2020, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 910707973

Decreto núm. 175 EXENTO, publicado el 17 de Septiembre de 2022. CAMBIA TITULARIDAD DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA DE LOS DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA OBRA NUEVA DENOMINADA 'NUEVA LÍNEA 4X220 DESDE S/E LOS PELAMBRES A SECCIONAMIENTO DEL SEGMENTO DE LA LÍNEA 2X220 KV LOS PIUQUENES - TAP MAURO', CONTENIDA EN EL DECRETO SUPREMO Nº 13T, DE 2020, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

CAMBIA TITULARIDAD DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA DE LOS DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA OBRA NUEVA DENOMINADA "NUEVA LÍNEA 4X220 DESDE S/E LOS PELAMBRES A SECCIONAMIENTO DEL SEGMENTO DE LA LÍNEA 2X220 KV LOS PIUQUENES - TAP MAURO", CONTENIDA EN EL DECRETO SUPREMO Nº 13T, DE 2020, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA

Núm. 175 exento.- Santiago, 29 de agosto de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, en adelante "LBPA"; en el decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante la "ley"; en el decreto exento Nº 4, de 2019, del Ministerio de Energía, que fija obras nuevas de los sistemas de transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación o estudio de franja, según corresponda, en los doce meses siguientes, del plan de expansión del año 2017, en adelante "decreto exento Nº 4"; en las Bases de Licitación para la adjudicación de los derechos de explotación y ejecución de las obras nuevas contempladas en el decreto exento Nº 4, en adelante "Bases de Licitación" o "Bases"; en el decreto supremo Nº 13T, de 2020, del Ministerio de Energía, que fija derechos y condiciones de ejecución y explotación de las obras nuevas contempladas en el decreto Nº 4 exento, de 2019, del Ministerio de Energía, en adelante "decreto Nº 13T"; lo solicitado en carta de fecha 31 de marzo de 2022, de la empresa Centella Transmisión S.A. y consorcio Ferrovial Power Infrastructure Chile SpA - Ferrovial Transco Chile II SpA; en la carta Nº 151/2022, de 30 de mayo de 2022, del Ministerio de Energía; en la carta de fecha 21 de julio de 2022, de la empresa Centella Transmisión S.A. y consorcio Ferrovial Power Infrastructure Chile SpA - Ferrovial Transco Chile II SpA; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 92º de la ley, el Ministerio de Energía, mediante decreto exento Nº 4, fijó las obras nuevas de los sistemas de transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación o estudio de franja, según corresponda, en los doce meses siguientes, del Plan de Expansión del año 2017, entre cuyas obras se encuentra la obra nueva denominada "Nueva Línea 4x220 kV desde S/E Nueva Los Pelambres a seccionamiento de la Línea 2x220 kV Los Piuquenes - Tap Mauro", en adelante e...

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