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Decreto núm. 173, publicado el 24 de Agosto de 2016. NOMBRA INTEGRANTES DEL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

NOMBRA INTEGRANTES DEL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES

Núm. 173.- Santiago, 17 de junio de 2016.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 19.891, que crea el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes y el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes; en el decreto supremo Nº 336, de 2003, del Ministerio de Educación; en el oficio Ord. Nº 770, de 20 de mayo de 2016, de Jefe de la División Jurídico-Legislativa del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el Oficio Nº 128/SEC/16, de 17 de mayo de 2016, de Presidente y Secretario General del H. Senado y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

Que, la ley Nº 19.891, creó el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, entidad que tiene por objeto apoyar el desarrollo de las artes y la difusión de la cultura, contribuir a conservar, incrementar y poner al alcance de las personas el patrimonio cultural de la nación y promover la participación de éstas en la vida cultural del país.

Que, mediante decreto supremo Nº 336, de 2003, del Ministerio de Educación, se aprobó el reglamento para el nombramiento de los integrantes del Directorio, del Comité Consultivo Nacional, de los Consejos Regionales y de los Comités Consultivos Regionales del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.

Que, la Dirección Superior del Consejo Nacional arriba mencionado, corresponde a un directorio integrado por miembros que lo conforman por derecho propio y por miembros designados.

Que, entre los miembros designados, dos de ellos deben ser personalidades de la cultura que tengan una reconocida vinculación y una destacada trayectoria en alguna de las distintas actividades de la cultura, los que corresponde designar a la Presidenta de la República, con acuerdo del H. Senado.

Que, estas personas de acuerdo a la normativa vigente, durarán en sus funciones cuatro años. Que, el H. Senado, en sesión de 17 de mayo de 2016, ha otorgado su acuerdo a las nominaciones efectuadas por...

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