Decreto núm. 1719 EXENTO, publicado el 08 de Agosto de 2023. ESTABLECE OBJETIVOS DE GESTIÓN AÑO 2023 PARA EL PAGO DE LA ASIGNACIÓN POR DESEMPEÑO INSTITUCIONAL DEL ARTÍCULO 9º LEY Nº 20.212, DE SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN Y SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN SUPERIOR - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 940684777

Decreto núm. 1719 EXENTO, publicado el 08 de Agosto de 2023. ESTABLECE OBJETIVOS DE GESTIÓN AÑO 2023 PARA EL PAGO DE LA ASIGNACIÓN POR DESEMPEÑO INSTITUCIONAL DEL ARTÍCULO 9º LEY Nº 20.212, DE SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN Y SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE OBJETIVOS DE GESTIÓN AÑO 2023 PARA EL PAGO DE LA ASIGNACIÓN POR DESEMPEÑO INSTITUCIONAL DEL ARTÍCULO 9º LEY Nº 20.212, DE SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN Y SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Núm. 1.719 exento.- Santiago, 30 de diciembre de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 del decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; DFL Nº 1/19.653, de 2000, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; los artículos y 11 de la ley Nº 20.212, que Modifica las leyes Nº 19.553, Nº 19.882 y Otros Cuerpos Legales con el Objeto de Incentivar el Desempeño de los Funcionarios Públicos, Modificados por el Artículo 32 de la ley Nº 20.233; el decreto supremo Nº 1.687, de 2007, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba el Reglamento a que se refiere el artículo 11 de la ley Nº 20.212; el oficio Ord. Nº 2.122, de 30 de noviembre de 2022, del Ministro de Hacienda, Propuesta de Programa Marco de Metas de Eficiencia Institucional año 2023; el oficio Ord. Nº 4/456, de fecha 2 de diciembre de 2022, del Ministerio de Educación, que Informa Aprobación del Programa marco que Indica; y las resoluciones Nºs. 6 y 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fijan Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

Considerando:

Que la elaboración de las Metas de Eficiencia Institucional (MEI) por parte de los Servicios, se enmarca en un conjunto de objetivos de gestión comunes para todas las instituciones del sector público esenciales para un desarrollo eficaz y transparente de su gestión.

Que, el Jefe Superior de cada Servicio debe proponer al Ministro del cual dependa o con el que se relacione, las Metas de Eficiencia Institucional, especificando, a lo menos, las metas de gestión, de calidad de los servicios prestados a los usuarios y/u otras metas anuales, con sus respectivos indicadores o elementos de similar naturaleza que permitan la medición de su grado de cumplimiento, todo ello sobre la base del Programa Marco convenido y aprobado por el Ministro del ramo y el Ministro de Hacienda, en el decreto Nº 1.322, del 5 de diciembre de 2022, del Ministerio de Educación.

Que, en la formulación de las Metas de Eficiencia Institucional a alcanzar para el año...

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