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Decreto núm. 17 EXENTO, publicado el 01 de Febrero de 2024. MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE COYHAIQUE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE COYHAIQUE

Santiago, 12 de enero de 2024.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 17 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;

  2. La ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley;

  3. La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;

  4. El decreto supremo Nº 126 de 1997, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;

  5. El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;

  6. El decreto supremo Nº 198 de 26.08.2019, que otorgó la concesión, transferida a su actual titular mediante decreto exento Nº 872 de 02.11.2022, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    Considerando:

  7. La resolución exenta Nº 2.156 de 10.10.2023, que autorizó previamente la transferencia;

  8. El instrumento de fecha 31.10.2023;

  9. La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel Nº 164.402 de 15.11.2023; y, en uso de mis atribuciones;

    Decreto:

    1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQD-777, para la localidad de Coyhaique, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, cuyo titular es Consorcio Radial del Sur SpA, RUT Nº 77.188.926-3, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que su nuevo titular es Sociedad Comercial de Comunicación Social Devaud y Morales Limitada, RUT Nº 78.753.200-4, con domicilio en Manuel Rodríguez N° 1199, comuna de Lautaro, Región de La Araucanía.

    2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesor en la concesión.

    3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario...

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