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Decreto núm. 167, publicado el 28 de Octubre de 2021. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA SOCIEDAD WIFI LOS CISNES LIMITADA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA SOCIEDAD WIFI LOS CISNES LIMITADA

Santiago, 24 de agosto de 2021.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 167.

Vistos:

  1. El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

  4. El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. Resolución exenta N° 517 de 2001, de esta Subsecretaría, que Fija Norma Técnica para el Uso de la Banda de Frecuencias 5.725 - 5.850 MHz y sus modificaciones posteriores.

  6. El decreto supremo N° 109 de 05.07.2021, que otorga concesión.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 299.704 de 04.12.2020, complementado mediante ingresos Subtel N° 27.020 de 15.02.2021 y N° 32.988 de 24.02.2021.

  8. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.

    Decreto:

    Otórgase concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la sociedad Wifi Los Cisnes Limitada, RUT N° 76.723.318-3, con domicilio en Padre Jesuita N° 3, Villa Bordemar, comuna de Curaco de Vélez, Región de Los Lagos, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Déjese sin efecto el decreto supremo N° 109 de 05.07.2021, señalado en los vistos letra f).

    2. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar:

      2.1. Enlaces punto a multipunto, cuyas características se indican a continuación:

      2.2. Enlaces punto a punto, cuyas características se indican a continuación:

      Las interconexiones a las redes públicas existentes, serán a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.

    3. La zona de servicio comprende las Comunas de Dalcahue, Castro y Curaco de Vélez, de la Región de Los Lagos.

    4. El periodo de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del decreto que autorice la concesión solicitada.

    5. Las concesionarias que utilicen las bandas de frecuencias de 5.725 - 5.850 MHz, la compartirán sin reclamar protección contra interferencia que produzcan otros usuarios de esta banda, debidamente autorizados, y las aplicaciones industriales, científicas y médicas.

    6. Las transmisiones de los equipos de...

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