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Decreto núm. 166, publicado el 20 de Febrero de 2016. PROMULGA EL ACUERDO MARCO CULTURAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DEL REINO DE MARRUECOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO MARCO CULTURAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DEL REINO DE MARRUECOS

Núm. 166.- Santiago, 12 de noviembre de 2015.

Vistos:

Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 2 de diciembre de 2004 se suscribió, en la Santiago, Chile, el Acuerdo Marco Cultural entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Reino de Marruecos.

Que dicho Acuerdo se enmarca en el Acuerdo General de Cooperación celebrado entre las mismas partes, hecho en Rabat, Marruecos, el 14 de mayo de 1999, publicado en el Diario Oficial de 5 de julio de 2006.

Que se dio cumplimiento a lo previsto en el Artículo 12, del indicado Acuerdo Marco, y, en consecuencia, éste entró en vigor el 2 de noviembre de 2015.

Decreto:

Artículo único

Promúlgase el Acuerdo Marco Cultural entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Reino de Marruecos, hecho en Rabat, Marruecos, el 2 de diciembre de 2004; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us., para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.

ACUERDO MARCO CULTURAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DEL REINO DE MARRUECOS

El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Reino de Marruecos, designados en adelante "Partes contratantes" o "Partes",

Deseosos de reforzar los lazos de amistad existentes entre los pueblos de la República de Chile y del Reino de Marruecos y de promover un desarrollo sostenido de las relaciones culturales,

Han acordado lo siguiente:

ARTÍCULO 1

Las Partes contratantes se comprometen:

- A facilitar, en su territorio, la divulgación y el conocimiento de sus respectivas culturas nacionales a través de la organización de conferencias, conciertos, exposiciones y manifestaciones artísticas, representaciones teatrales, proyecciones cinematográficas de carácter artístico y educativo, programas de radio y televisión, y mediante la, promoción del estudio de las lenguas, de la historia y de la literatura de cada una de las Partes.

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