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Decreto núm. 164, publicado el 28 de Enero de 2023. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA SOCIEDAD DE TELECOMUNICACIONES Y SERVICIOS SpA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA SOCIEDAD DE TELECOMUNICACIONES Y SERVICIOS SpA

Santiago, 9 de junio de 2022.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 164.

Vistos:

  1. El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

  4. El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    Considerando:

  5. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 145.328 de 19.08.2021.

  6. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.

    Decreto:

    Otórgase concesión de Servicio Público Telefónico, a la empresa Sociedad de Telecomunicaciones y Servicios SpA, RUT N° 76.224.056-4, con domicilio en Condell N° 1190, oficina 81, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar el Servicio Público Telefónico, como a continuación se indica:

      El servicio se suministrará mediante la modalidad de reventa de minutos, de acuerdo a lo establecido en la resolución exenta N° 1.667, de 2006, lo cual será verificado al momento de la recepción de obras mediante la presentación de contratos convenidos con las concesionarias.

      Las interconexiones a las redes públicas existentes, serán a través de medios propios o arrendados a terceros debidamente autorizados.

    2. La zona de servicio corresponde al Territorio Nacional.

    3. Los plazos máximos se indican a continuación:

    4. El período de vigencia de la concesión será de 30 años...

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